Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente - Anuncios (BOA 2023-87)
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EXTRACTO de la Orden AGM/589/2023, de 3 de mayo, por la que se convocan subvenciones destinadas a apoyar la nueva participación en regímenes de calidad, para el año 2023.
BDNS (Identif.): 692247
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/692247).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de la subvención, los agricultores, ganaderos y agrupaciones de agricultores y/o ganaderos que participen por primera vez, siempre que se den de alta en el régimen de calidad correspondiente a partir del 1 de enero de 2023 y aquellos que la solicitaron en los años 2019-2020-2021-2022 a través de la submedida M03.1 "Apoyo a la nueva participación en regímenes de calidad" y su solicitud fue estimada por lo que este sería su 2.º, 3.º, 4.º o 5.º año de pago; en cualquiera de los regímenes de calidad siguientes:
a) Denominación de Origen Protegida (DOP) "Jamón de Teruel"/"Paleta de Teruel".
b) DOP "Aceite del Bajo Aragón".
c) DOP "Melocotón de Calanda".
d) DOP "Aceite Sierra del Moncayo".
e) DOP "Cebolla Fuentes de Ebro".
f) Indicación Geográfica Protegida (IGP) "Ternasco de Aragón".
g) DOP "Cariñena".
h) DOP "Campo de Borja".
i) DOP "Somontano".
j) DOP "Calatayud".
k) IGP "Valle del Cinca".
l) IGP "Bajo Aragón".
ll) IGP "Ribera del Gállego-Cinco Villas".
m) IGP "Ribera del Jiloca".
n) IGP "Valdejalón".
o) Producción ecológica.
Las personas beneficiarias han de ser titulares de explotación agraria en Aragón, requisito que se verificará a través de la Solicitud de la PAC-2023 o la inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) o la inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA).
Segundo.- Objeto.
Esta Orden tiene por objeto convocar las subvenciones, destinadas a apoyar la participación de agricultores, ganaderos y sus agrupaciones agrícolas y/o ganaderas, por primera vez en los regímenes de calidad, para el año 2023 en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (en adelante, PEPAC) y de la Orden AGM/426/2023, de 3 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a apoyar la nueva participación en regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, para Aragón.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de AGM/426/2023, de 3 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a apoyar la nueva participación en regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 para Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 71, de 14 de abril de 2023 ).
Cuarto.- Cuantía.
Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el apartado quinto, aplicado sobre el gasto subvencionable pagado por el beneficiario, sin impuestos.
- El importe máximo de la subvención no podrá ser superior a 3.000 por persona beneficiaria y año.
- El importe mínimo de la subvención será de 150 .
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" y finalizará a los 15 días hábiles.
Zaragoza, 3 de mayo de 2023.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Joaquín Olona Blasco.