Departamento de economía, planificación y empleo - Anuncios (BOA 2023-86)
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EXTRACTO de la Orden EPE/577/2023, de 27 de abril, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones reguladas en la Orden EPE/261/2023, de 3 de marzo, por la que se aprueba el "Programa Emple-AR" y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, entidades públicas, Universidades y entidades sin ánimo de lucro, para el fomento de la contratación de personas desempleadas con dificultades de acceso al mercado de trabajo.
BDNS (Identif.): 691273
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/691273).
Primero.- Entidades beneficiarias.
Las personas destinatarias finales de las subvenciones previstas en esta convocatoria son las personas mayores de 30 años que figuren desempleadas no ocupadas e inscritas como demandante de empleo en el Instituto Aragonés de Empleo y que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años. A los efectos de esta orden, se considerarán paradas de larga duración aquellas personas que hayan permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días durante los 18 meses anteriores a la fecha de su contratación.
b) Mujeres desempleadas mayores de 30 años que hayan permanecido desempleadas e inscritas de forma ininterrumpida en el Servicio Público de Empleo, al menos 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
c) Personas desempleadas mayores de 45 años que hayan permanecido desempleadas e inscritas de forma ininterrumpida en el Servicio Público de Empleo, al menos 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
d) Personas desempleadas mayores de 55 años que hayan permanecido desempleadas e inscritas de forma ininterrumpida en el Servicio Público de Empleo, al menos durante los 90 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
Las condiciones de edad o tiempo de permanencia en desempleo previstas en las letras anteriores deberán cumplirse en la fecha de inicio del contrato subvencionado.
Segundo.- Objeto.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar el empleo de personas desempleadas con dificultades de inserción en el mercado de trabajo al objeto de mejorar su experiencia laboral y la adquisición de competencias profesionales y, por tanto, su empleabilidad, al mismo tiempo que participan en proyectos de interés general y social, siempre que los contratos formalizados tengan una duración mínima de seis meses y contemplen una jornada laboral de, al menos, el 50% de una jornada a tiempo completo según el Convenio Colectivo de referencia.
Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases de esta convocatoria se recogen en la Orden EPE/261/2023, de 3 de marzo, por la que se aprueba el "Programa Emple-AR" y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, entidades públicas, Universidades y entidades sin ánimo de lucro, para el fomento de la contratación de personas desempleadas con dificultades de acceso al mercado de trabajo, publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", número 55, de 21 de marzo de 2023.
https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1267312400303
Cuarto.- Cuantía.
1. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
2. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende inicialmente a dos millones doscientos mil euros (2.200.000,00 ) y las subvencios que correspspondan se financiarán con cargo a los créditos previstos en el presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo que a continuación se relacionan:
Quinto.- Plazos de solicitud.
El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", y hasta el 30 de junio de 2023, ambos inclusive.
Sexto.- Otros datos.
1. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, presentándose a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en la dirección electrónica: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-para-el-programa-emple-ar o incluyendo en el buscador el trámite 9477 "Subvenciones para el programa Emple-AR".
2. El uso del modelo de solicitud es obligatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Zaragoza, 27 de abril de 2023.- La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, Marta Gastón Menal.