Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente - Otras disposiciones y acuerdos (BOA 2023-72)

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se procede a dar de baja y extinguir la Autorización Ambiental Integrada otorgada para la explotación avícola de pollos de engorde con una capacidad autorizada para 468 UGM, emplazada en el polígono 10, parcela 186 del término municipal de Huesca. (Número de Expediente: INAGA 500202/02/2022/10945).


Visto el informe de la Unidad de Inspección y Calidad Ambiental del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca, recibido en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) con fecha 30 de noviembre de 2022, resulta:


Antecedentes de hecho


Primero.- La explotación avícola conocida como Loreto 1 y ubicada en el polígono 10, parcela 186 del Término Municipal de Huesca, dispone de Autorización Ambiental Integrada actualizada por Resolución de 23 de diciembre de 2013, del INAGA, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 26, de 6 de febrero de 2014, para una orientación productiva de pollos de engorde y capacidad de 468 UGM (Expte. INAGA 500601/02/2012/06656).


Segundo.- El 9 de febrero de 2018, se recibe en el INAGA, una comunicación por parte de la sociedad Sergio Sol, SL por la que se informe del cese temporal de la actividad. Por parte de este Instituto se remitió esta información tanto al Ayuntamiento de Huesca como a la Dirección General de Sostenibilidad, el día 21 de febrero de 2018.


Tercero.- La Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, en su artículo 67 establece que la duración del cese temporal de la actividad no podrá superar los dos años desde su comunicación. Cumplido ampliamente ese plazo se tramita el cese definitivo de la actividad y cierre de la instalación.


Cuarto.- El informe recibido en este Instituto por parte de la Unidad de Inspección y Calidad Ambiental del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca, verifica que en la explotación no se realiza actividad procediendo a informar al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental para que proceda de oficio por petición razonada al cese definitivo y cierre de la instalación.


Quinto.- El trámite de audiencia al interesado se realizó con fecha 5 de enero de 2023, con acuse del 10 de enero. Durante dicho trámite no se produjeron alegaciones.


En esta misma fecha, se da traslado del borrador de la presente Resolución al Ayuntamiento de Huesca por si considerara necesario realizar alguna observación.


El Ayuntamiento de Huesca emite una comunicación en relación a este expediente, por la que manifiestan que, por parte de los Servicios Técnicos Municipales, no existe inconveniente en continuar con el expediente si bien solicitan que, al encontrarse en suelo no urbanizable especial, se incorpore en la resolución el derribo de las naves y la restitución de los valores ambientales afectados.


Sexto.- El punto 1.13 de la Resolución de 21 de diciembre de 2007 por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada a la explotación referida, dice: "En aplicación del artículo 22.1.f) de la Ley 16/2002, de 1 de julio, deberán tomarse las medidas necesarias para evitar impactos ambientales y paisajísticos originados por el cese completo de la actividad, entre ellos la demolición de las edificaciones existentes y la retirada a vertedero autorizado de los escombros, el vaciado completo de la fosas de estiércoles y la restitución de los terrenos ocupados por la totalidad de las instalaciones".


Fundamentos jurídicos


Primero.- La Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo I de la Ley, entre las que se incluye la competencia sobre Autorizaciones Ambientales Integradas.


Segundo.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 21.1 dispone, que la Administración está obligada a dictar Resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.


Tercero.- La Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, establece en sus artículos 68 y 69 las condiciones y tramitación del cese temporal y definitivo de la actividad.


Vistos, la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:


1. Proceder a dar de baja y extinguir la Autorización Ambiental Integrada de la explotación avícola de pollos de engorde, con capacidad para 468 UGM, ubicada en la parcela 186, polígono 10, en el término municipal de Huesca, titularidad de Sergio Sol SL.


En aplicación del artículo 22.1.f) de la Ley 16/2002, deberán tomarse las medidas necesarias para evitar impactos ambientales y paisajísticos originados por el cese completo de la actividad, entre ellos la demolición de las edificaciones existentes y la retirada a vertedero autorizado de los escombros, el vaciado completo de las fosas de estiércoles y la restitución de los terrenos ocupados por la totalidad de las instalaciones.


2. Comunicar al Ayuntamiento de Huesca (Huesca) que la Autorización Ambiental Integrada de la explotación de referencia queda sin efecto.


3. Comunicar al Ministerio para la Transición Ecológica a los efectos de proceder a dar de baja dicha Autorización Ambiental Integrada en el inventario de instalaciones regulado en el artículo 8.2.a) del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.


Zaragoza, 25 de enero de 2023.


El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL

1916 {"title":"Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente - Otras disposiciones y acuerdos (BOA 2023-72)","published_date":"2023-04-17","region":"aragon","region_text":"Aragón","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-aragon.png","id":"1916"} aragon BOA;BOA 2023 nº 72;Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente;Otras disposiciones y acuerdos;Resolución https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/aragon/boa/2023-04-17/1916-departamento-agricultura-ganaderia-medio-ambiente-otras-disposiciones-acuerdos-boa-2023-72 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.