Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente - Otras disposiciones y acuerdos (BOA 2023-52)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2023, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 24 de mayo de 2019, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada para una explotación avícola de gallinas ponedoras criadas en suelo para 1.033.000 plazas (5.165 UGM), a ubicar en el polígono 14, parcelas 267, 287 y 289, en el término municipal de Calatorao (Zaragoza), promovida por La Cañada del Pinoso Producciones Alternativas SL. (Número de Expediente: INAGA 500202/02/2022/11497).
Con fecha 21 de diciembre de 2022, se presenta la solicitud de modificación puntual de la Autorización Ambiental Integrada de la explotación avícola de producción de huevos con código REGA ES500680000801, por variación de las dimensiones de la nave 6 de las proyectadas a las finalmente ejecutadas.
- Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (en adelante INAGA), de 24 de mayo de 2019, se otorga la Autorización Ambiental Integrada (AAI) para una explotación avícola de gallinas ponedoras criadas en suelo para 1.033.000 plazas (5.165 UGM), a ubicar en el polígono 14, parcelas 267, 287 y 289, en el término municipal de Calatorao (Zaragoza) y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 120, de 21 de junio de 2019. (Expte. INAGA 500202/02/2018/06829).
Mediante Resolución de este Instituto, de 9 de octubre de 2019, se modifica la anterior Resolución para incluir entre las instalaciones de la explotación un edificio destinado a oficinas y vestuario y duchas del personal, proyectado junto al centro de clasificación de huevos, con acceso desde el exterior y entrada directa al centro, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 230, de 25 de noviembre de 2019 (Expte. INAGA 500202/02/2019/06591).
Mediante Resolución de este Instituto, de 28 de mayo de 2020, se modifica puntualmente la Resolución de la Autorización Ambiental Integrada consistente en el aumento de las dimensiones de las naves número 4 y número 5, quedando idénticas (135 x 54 m), para alojar 89.597 gallinas de puesta cada una. (Expte. INAGA 500202/02/2020/00856).
Durante el año 2021, se realizaron dos modificaciones puntuales de la Autorización Ambiental Integrada:
- Resolución de 3 de marzo de 2021, del INAGA, por la que se modifica puntualmente la Autorización Ambiental Integrada para actualizar las dimensiones finales de las naves 5 y 6 (Expte. INAGA 500202/02/2021/00637).
- Resolución de 14 de junio de 2021, del INAGA, por la que se modifica puntualmente la Autorización Ambiental Integrada para ampliar el centro de clasificación existente (Expte. INAGA 500202/02/2021/04871).
- Antes del comienzo de las obras correspondiente a la Nave Número 6 se ha realizado un replanteo de las naves pendientes de ejecutar, observándose la dificultad para poder ubicar en la parcela las 15 naves proyectadas, por lo que ha sido necesario proceder a un redimensionamiento de dichas naves; de esta manera, con el nuevo dimensionamiento, las 10 naves pendientes de ejecutar (Naves 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15) se reducen finalmente a 6 naves (Naves 6, 7, 8, 9, 10 y 11), conservando la capacidad total autorizada para la explotación de 1.033.000 gallinas ponedoras. Además, se ha construido una nave para almacén ubicada junto a la balsa de agua. Con la modificación puntual solicitada se pretende optimizar el espacio disponible sin modificar la distribución de las naves dentro de la parcela, por lo que tampoco se modifican las distancias y servidumbres frente a terceros, aunque es necesario vincular al emplazamiento de la explotación las parcelas colindantes 276, 286, 68, 71, 72, 75, 76, 77 y 78.
Se aprovecha para notificar que la instalación fotovoltaica de autoconsumo autorizada por Resolución de fecha 3 de marzo de 2021 finalmente se ha ubicado sobre el suelo en la parte más occidental de la explotación, próxima a la fosa de cadáveres y no sobre la cubierta de las naves como estaba previsto.
La documentación consiste en una memoria técnica redactada y firmada por el ingeniero agrónomo colegiado número 896 del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco.
- Considerando los criterios del artículo 14.1 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la modificación propuesta se considera no sustancial. Sin embargo, procede recoger estos cambios en la Autorización Ambiental Integrada, modificando puntualmente la Resolución, todo ello de acuerdo al artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el texto refundido de la de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre sobre bienestar animal; el Reglamento (CE) n.º 589/2008 de la Comisión de 23 de junio de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo en lo que atañe a las normas de comercialización de los huevos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:
Modificar puntualmente la Resolución de 24 de mayo de 2019, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada para una explotación avícola de gallinas ponedoras criadas en suelo para 1.033.000 plazas (5.165 UGM), a ubicar en el polígono 14, parcelas 267, 287 y 289, en el término municipal de Calatorao (Zaragoza), en los siguientes puntos dejando inalterado el resto:
En antecedentes de hecho, el punto décimo. Características de la instalación se sustituye por lo siguiente:
"Las instalaciones objeto de Autorización Ambiental Integrada y evaluación ambiental ordinaria son:
Un total de 11 naves para el alojamiento de gallinas ponedoras en suelo de distintas dimensiones (naves 1 a 3 de 135 x 24 m y capacidad para 39.067 gallinas; nave 4 de 135 x 54 m y capacidad para 89.597 gallinas; nave 5 y nave 10 de 135 x 55 m y capacidad para 112.826 gallinas; nave 6 de 135 x 47,48 m y capacidad para 101.262 gallinas; naves 7 a 9 de 135 x 28,08 m en dos niveles y capacidad final para 135.412 gallinas; nave 11 de 135 x 47,48 m y capacidad para 93.052 gallinas); un centro clasificador de huevos de 100 x 28 m; una nave para almacén de huevos de dimensiones 40 m x 50 m; un almacén de 25 x 20 m; un edificio de 10,32 x 15,60 m para oficinas y vestuario y duchas, 2 estercoleros con capacidad total de 15.100 m³, balsa de agua de 18.000 m³ de capacidad, fosa de cadáveres de 4 x 4 x 5,20 m y 83,20 m³ de capacidad, pediluvios entre naves, vado de desinfección y vallado perimetral de explotación de cerca galvanizada de 2 metros de altura".
En antecedentes de hecho, el punto Undécimo. Características del emplazamiento, donde pone: "La explotación se ubica en el polígono 14, parcelas 267, 287 y 289, del término municipal de Calatorao (Zaragoza) con unos 44.000 m² ocupados por las instalaciones", se sustituye por: "La explotación se ubica en el polígono 14, parcelas 68, 71, 72, 75, 76, 77 y 78, 267, 276 y 286, del término municipal de Calatorao (Zaragoza) con unos 61.512,99 m² ocupados por las instalaciones".
El punto 1.2. de la Resolución se sustituye por lo siguiente:
"1.2. Consumos de materias primas.
Se establece un sistema de alimentación automatizado, estimándose un consumo anual de 45.000 t de pienso.
Según proyecto el abastecimiento de agua provendrá de la red de riego existente en la zona. La cantidad de agua a suministrar por la comunidad de regantes queda supeditada al volumen que cada año establece la Confederación Hidrográfica del Ebro para consumir en función de las hectáreas que dispone el titular de la tierra. Según los datos presentados en la documentación de la comunidad de regantes de la acequia de Michén de Calatorao y de Acequia Nueva de La Almunia el promotor tendrá acceso a 8 adores, de 5 días cada uno, con un volumen de litros por segundo que establecerá la comunidad de regantes. El promotor presenta un contrato para el aprovisionamiento de agua a la explotación avícola mediante camiones cisterna de 18 t.
La explotación dispondrá de una balsa de agua de reserva de 18.000 m³ de capacidad capaz de almacenar agua suficiente entre los adores que recibe la explotación, desde donde se abastecerá la explotación y servirá de reserva ante un eventual corte de suministro.
Se establece un consumo anual de agua para la capacidad solicitada de 112.000 m³/año incluida el agua para limpieza de las instalaciones.
El suministro eléctrico de la explotación provendrá íntegramente de la instalación solar fotovoltaica, con 912 módulos fotovoltaicos a montar sobre estructuras metálicas sobre el suelo y a ubicar en la parte más occidental de la explotación, próxima a la fosa de cadáveres. La planta solar tiene una potencia de pico de 300,96 kWp. y una producción eléctrica total estimada de 488.932,45 kWh/año. Se dispondrá de un grupo electrógeno de emergencia de 60 kVA.
El consumo energético anual estimado para la explotación es de 450.000 kWh. Se estima un consumo de gasoil de 312 litros de gasoil al año durante las comprobaciones periódicas de funcionamiento del sistema".
El proyecto deberá obtener la conformidad de los Servicios Veterinarios Oficiales sobre infraestructuras sanitarias, de conformidad con el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, y sus correspondientes modificaciones, el Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, y el resto de normativa aplicable.
Sin perjuicio de los criterios establecidos en esta Resolución, la modificación propuesta estará supeditada a cualquier otra intervención administrativa necesaria previa al inicio de la actividad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.
Zaragoza, 16 de enero de 2023.
El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL