Departamento de educación, cultura y deporte - Otras disposiciones y acuerdos (BOA 2023-51)
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ORDEN ECD/244/2023, de 9 de marzo, por la que se establece la tarifa máxima para la prestación de los servicios de educación secundaria de personas adultas en colectivos de atención preferente en la Comunidad Autónoma de Aragón mediante acción concertada para el curso 2023/2024.
La Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón permite la participación de entidades sin ánimo de lucro en la prestación de servicios no económicos de interés general y destinada a sectores de atención preferente, remitiéndose dicha ley a la normativa general que regula la acción concertada.
En virtud de la misma, se aprobó el Decreto 33/2022, de 9 de marzo, por el que se regula la acción concertada para la Educación Secundaria de Personas Adultas en colectivos de atención preferente en la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 53, de 17 de marzo de 2022) cuyo artículo 8 establece que las tarifas máximas y mínimas o módulos económicos que se determinen anualmente mediante Orden del titular del departamento competente en materia de educación no universitaria, retribuirán como máximo los costes variables, fijos y permanentes, incluidos los costes indirectos en los que pudieran incurrir, sin incluir beneficio industrial, de acuerdo con lo establecido en el convenio estatal del sector de acción e intervención social.
De acuerdo con lo establecido en el mencionado artículo, la determinación de la tarifa máxima aplicable a la prestación de los servicios de educación secundaria de personas adultas en colectivos de atención preferente mediante acción concertada se realiza de acuerdo con el Convenio Colectivo estatal del sector de acción e intervención social (código de Convenio número 99100155012015) y la Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio Colectivo de acción e intervención social 2022-2024 ("Boletín Oficial del Estado", número 259, de 28 de octubre de 2022), actualmente en vigor.
En consecuencia, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y de lo dispuesto en el Decreto 33/2022, de 9 de marzo, resuelvo:
Primero.- Ámbito de aplicación.
Esta Orden será de aplicación a los acuerdos de acción concertada que formalice el Departamento de Educación, Cultura y Deporte para la prestación de los servicios educativos de educación secundaria para personas adultas en colectivos de atención preferente en la Comunidad Autónoma de Aragón con entidades privadas de iniciativa social sin ánimo de lucro legalmente constituidas para el curso 2023/2024.
Segundo.- Determinación de la tarifa máxima de la actividad formativa para el curso escolar 2023/2024 de los acuerdos de acción concertada a suscribir por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
La tarifa máxima para la prestación de los servicios educativos de educación secundaria para personas adultas en colectivos de atención preferente en la Comunidad Autónoma de Aragón con entidades privadas de iniciativa social sin ánimo de lucro legalmente constituidas para el curso 2023/2024 de cada nivel asciende a 16.442,07 euros.
Tercero.- Efectos.
Esta Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".
Zaragoza, 9 de marzo de 2023.
El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO