Departamento de presidencia y relaciones institucionales - Otras disposiciones y acuerdos (BOA 2023-29)

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ORDEN PRI/106/2023, de 2 de febrero, por la que se concede una beca de formación a proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación convocada por Orden PRI/1006/2022, de 30 de junio, modificada por Orden PRI/1107/2022, de 22 de julio.


Por Orden PRI/429/2022, de 1 de abril, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación.


Por Orden PRI/1006/2022, de 30 de junio, se convocan cinco becas de formación para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación. Esta Orden es modificada por Orden PRI/1107/2022, de 22 de julio, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes.


El Secretario General Técnico del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, como órgano instructor del procedimiento de concesión, y a la vista del contenido del expediente y de los informes de la comisión de valoración, dicta propuesta de resolución provisional de fecha 3 de noviembre de 2022, que es notificada a los interesados, para que en el plazo de cinco días formulen las alegaciones oportunas.


Transcurrido este plazo sin que se presenten alegaciones, con fecha 11 de noviembre de 2022 el Secretario General Técnico dicta propuesta de resolución definitiva.


De conformidad con dicha propuesta, con fecha 1 de diciembre de 2022 la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales dicta Orden resolviendo la concesión de las becas a las cinco candidatas que habían obtenido la mejor puntuación en el proceso de selección, así como abriendo una lista de reserva que debe activarse en caso de que alguna de las beneficiarias de la beca decida renunciar a la misma.


Con fecha 23 de diciembre de 2022, D.ª Ana Isabel Aguirre Jiménez presentó un escrito de renuncia a la beca que le fue adjudicada de conformidad con lo establecido en el número 5 del apartado decimotercero de la Orden de convocatoria, con efectos desde ese mismo día.


Con fecha 4 de enero de 2023, la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales dicta Orden por la que se acepta la renuncia presentada por D.ª Ana Isabel Aguirre Jiménez.


Activada la lista de reserva de conformidad con lo previsto en el apartado 5 del artículo 17 de la Orden PRI/429/2022, de 1 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras, se ofrece la beca a los candidatos y candidatas que figuran en la lista de reserva por el tiempo que queda hasta su conclusión.


Ofrecida la beca sucesivamente y por este orden a D. Álvaro Villarroya Arnaut, D.ª Laura Ropero Moreno, D.ª María Esteruelas Caldu y D.ª Lucía Teresa Pedraza Rodríguez, comunican que no están interesados en aceptar la beca.


Con fecha 31 de enero de 2023, D.ª Claudia Bandrés Bados, comunica que acepta la beca de formación a proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación, y con fecha 2 de febrero se comprueba que presenta la documentación solicitada.


Una vez recibida esta documentación, procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resolver la concesión de una beca de formación para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación, en los siguientes términos:


Primero.- Conceder una beca de formación para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación a D.ª Claudia Bandrés Bados.


La beca concedida está dotada con una cuantía de 12.000 euros anuales que se devengarán por meses vencidos. De dicho importe se deducirán las retenciones fiscales y de seguridad social que correspondan a los interesados. A ello hay que añadir las cuantías de cuota patronal que corresponde abonar al Gobierno de Aragón.


El periodo de disfrute de la beca se extenderá hasta el 11 de diciembre de 2023. La condición de becaria no dará lugar a relación laboral o administrativa con el Gobierno de Aragón o con cualquiera de los medios de comunicación donde las personas becadas desarrollen su proceso de formación teórico-práctico, bajo la responsabilidad y guía del tutor designado al efecto.


Segundo.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que la dictó y en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación conforme a lo señalado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que ambos recursos puedan simultanearse y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.


Zaragoza, 2 de febrero de 2023.


La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

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