Aprobados los planes de Recursos y de Uso y Gestión de cinco parques naturales

Afectan a los espacios protegidos de Aracena y Picos de Aroche, Sierra Morena de Sevilla, Hornachuelos, Bahía de Cádiz y Estrecho

El Consejo de Gobierno ha aprobado los decretos por el que se aprueban los planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y los planes Rectores de Uso y Gestión (PORG) de cinco parques naturales andaluces. Así, se renuevan los PORN y los PRUG del parque natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche, en la provincia de Huelva; del parque natural Sierra Morena de Sevilla; del parque natural Sierra de Hornachuelos, en Córdoba; de parque natural Bahía de Cádiz; del parque natural del Estrecho, también en Cádiz. Además, se ha aprobado la renovación del PORN del paraje natural Playa de los Lances, también en la provincia de Cádiz.

Con estos decretos, la Junta de Andalucía renueva los principales elementos para aplicar los principios de precaución y cautela en estos espacios protegidos, dado que establecen el régimen de actividades que se desarrollan en éstos, asegurando el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, garantizando el mínimo espacio sobre hábitats y especies y conservando el funcionamiento de los ecosistemas.

De esta forma, con los textos aprobados se busca la protección del medio ambiente, la revisión y actualización de la ordenación y del régimen de usos y actividades establecido en los instrumentos de planificación vigentes; y los criterios y medidas básicas para su gestión. Todo ello para garantizar la conservación del medio ambiente, en general, y la supervivencia a largo plazo de las especies y los hábitats, el mantenimiento de la biodiversidad y la geodiversidad, la calidad del aire, el agua y los suelos, en particular, así como asegurar un aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

Los nuevos planes, que se han aprobado tras un periodo de consulta pública previa en el que ciudadanía, organizaciones y asociaciones han podido formular las aportaciones que han estimado; vienen a sustituir a los vigentes desde hace décadas y que debían adecuarse a los requerimientos de la Red Ecológica Europea Natura 2000 y a lo dispuesto en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Así, el primero de los decretos aprobados incluye los planes de Ordenación de los Recursos Naturales y los planes rectores de Uso y Gestión de los parques naturales Sierra de Aracena y Picos de Aroche (en Huelva), Sierra Morena de Sevilla y Sierra de Hornachuelos (en Córdoba), sustituyendo a los aprobados, respectivamente, en julio de 2003, febrero de 2004 y septiembre de 2003.

Está dividido en cuatro artículos, una disposición derogatoria, dos disposiciones finales y nueve anexos, que incluyen además del PORN y del PRUG de cada uno de los tres parques, la descripción literaria de los límites del parque natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche, de los límites del Sierra Morena de Sevilla y otro con los límites del Sierra de Hornachuelos.

El otro decreto incluye los planes de Ordenación de los Recursos Naturales y los planes rectores de Uso y Gestión de los parques naturales Bahía de Cádiz y Estrecho, además del PORN del paraje natural Playa de los Lances, todos en la provincia de Cádiz, así como algunas medidas de gestión para la Zona de Especial Conservación. 

Estos nuevos textos actualizan los vigentes, que datan de febrero de 2004 en el caso del Bahía de Cádiz y de octubre de 2007 en el del Estrecho. En cuanto a su estructura, se divide en cuatro artículos, una disposición derogatoria, cuatro disposiciones finales y seis anexos que incluyen el PORN y el PRUG del Bahía de Cádiz, el PORN del parque natural del Estrecho y del paraje natural Playa de los Lances; el PRUG del Estrecho y medidas de gestión para la Zona de Especial Conservación; una descripción literal de los límites del Parque Natural Bahía de Cádiz, y, por último, una modificación de los PORN y PRUG del parque natural Sierra de Grazalema.

Instrumentos clave en la protección

Como cabe recordar, los objetivos de los planes de reordenación de los recursos naturales son, entre otros, identificar los espacios y elementos significativos de un territorio y los valores que los caracterizan; señalar el estado de conservación de la biodiversidad y geodiversidad en ese espacio; identificar la capacidad e intensidad de uso de la biodiversidad y las limitaciones que deban establecerse; formular los criterios de las políticas públicas y privadas para que sean compatibles con la biodiversidad del espacio; señalar los regímenes de protección que procedan, así como promover la aplicación de medidas de conservación y restauración de los recursos naturales.

Así, los PORN tendrán, como mínimo, una delimitación del ámbito territorial y de sus características físicas, geológicas y biológicas; una definición del estado de conservación de sus componentes; la determinación de los criterios para la conservación, protección, restauración y uso sostenible de los recursos naturales, así como de las limitaciones que deben hacerse respecto de los usos y actividades; la aplicación de alguno de los regímenes de protección de espacios naturales; los criterios de referencia orientadores en la formulación y ejecución de las diversas políticas aplicables en dicho territorio; una memoria económica, así como las posibles medidas para garantizar la conectividad ecológica en el ámbito territorial.

Por su parte, los planes rectores de uso y gestión son los instrumentos de planificación y ordenación de los parques nacionales, naturales y rurales que incluirán los usos del territorio en toda su extensión. Deben establecer sobre la totalidad de su ámbito territorial las determinaciones necesarias para definir la ordenación pormenorizada completa del parque, con el grado de detalle suficiente para legitimar los actos de ejecución. Además de las determinaciones de carácter vinculante, pueden establecer normas directivas y criterios de tipo orientativo, señalando los objetivos a alcanzar. Debe contener las determinaciones de ordenación, gestión, desarrollo y actuación; y establecer zonas diferenciadas según sus exigencias de protección definiendo regímenes de usos distintos de acuerdo con la zonificación establecida en la normativa vigente.

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