Aprobada la orden que aumenta las retribuciones de abogados y procuradores del turno de oficio

Sube entre 15% y 20% las cuantías de los profesionales y cubre su asistencia en mediaciones o representación de personas jurídicas

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la orden de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública sobre módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en el turno de oficio, que incrementará las retribuciones de los abogados y procuradores e incorporará procedimientos que hasta ahora no se incluían en el sistema de Justicia Gratuita. La norma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2024, se aplicará en las asistencias realizadas en el primer trimestre del año que los colegios profesionales certifican a partir del 1 de abril.

La nueva orden, consensuada con los profesionales y acordada en las comisiones mixtas de la Consejería de Justicia con los consejos andaluces de colegios de abogados y procuradores, incrementará entre un 15% y un 20% de media las cuantías que perciben letrados y procuradores del turno de oficio, según el tipo de procedimiento. Sustituye a la regulación actual, de 2018, en la que los profesionales recuperaron las cuantías que percibían antes de 2012, cuando éstas fueron rebajadas.

En la práctica, son retribuciones que no han sido incrementadas desde 2009. No obstante, desde enero de este año, el Gobierno andaluz ha aplicado una subida lineal del 4% conforme al acuerdo alcanzado con los colegios profesionales mientras se aprobaba la nueva orden.

Además de actualizar los importes, esta orden racionaliza y determina los módulos y bases de compensación económica de los profesionales del turno de oficio (más de 8.900 abogados en Andalucía). Así, distingue las actuaciones de los letrados en la fase
de iniciación y de resolución, en la Jurisdicción Civil, y en la instrucción y enjuiciamiento, en el orden Penal. Así, por primera vez incluye la asistencia en procesos civiles y mercantiles de mediación donde se logre un acuerdo extrajudicial, algo que no existe en ninguna otra comunidad autónoma. El trabajo de los profesionales en procesos de mediación será retribuido con el módulo máximo de 400 euros.

Otras asistencias que incluye son la representación de las personas jurídicas, ya que hasta ahora sólo se cubría la defensa de las personas físicas y algunas organizaciones y entidades específicas, como los sindicatos; o el trabajo que realicen los abogados y procuradores a requerimiento judicial (es decir, cuando es el juez quien requiere que se designe a un profesional de oficio para un investigado o un detenido), aunque finalmente la persona asistida no tenga derecho a la Justicia Gratuita por insuficiencia de
documentación. El trabajo de los profesionales en los actos de conciliación previa preceptivos en el orden social o en los recursos en la Jurisdicción Militar son otros de los servicios que serán retribuidos gracias a esta nueva orden.

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