Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, bajo el régimen de concurrencia no competitiva, para facilitar el acceso de las empresas andaluzas a mercados de financiación alternativa por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
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Información general
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El acceso a financiación es un factor determinante para la competitividad, la innovación y la proyección de las empresas. En Andalucía, persiste una elevada dependencia del crédito bancario como fuente principal de financiación, lo que limita las posibilidades de crecimiento y consolidación de muchas empresas, especialmente en contextos de restricción crediticia. Los mercados de financiación alternativa constituyen una vía eficaz para diversificar las fuentes de financiación y reforzar la estructura financiera de las empresas. La financiación alternativa se distingue por su flexibilidad, rapidez, versatilidad, personalización y enfoque innovador en la evaluación de proyectos empresariales. Mientras que un banco tradicional basa sus decisiones principalmente en históricos financieros, garantías tangibles y estados contables, los proveedores de financiación alternativa suelen considerar un espectro aún más amplio de factores, como el potencial crecimiento, la innovación del proyecto o la calidad del equipo directivo. Los inversores alternativos, ante proyectos innovadores, suelen ser más tolerantes al riesgo: ello indica que muchos de los proyectos a financiar son arriesgados pero potencialmente transformadores. Esta asunción de riesgos va acompañada de un coste financiero normalmente mayor que en la financiación bancaria tradicional. Sin embargo, su aprovechamiento en el tejido empresarial andaluz es todavía reducido, debido a diversos obstáculos como:
- El desconocimiento generalizado sobre los beneficios, requisitos y funcionamiento de estos mercados.
- Los costes iniciales asociados al proceso de incorporación (asesoría legal y financiera, auditorías, cumplimiento normativo, comunicación corporativa...).
- La inexistencia de mecanismos públicos específicos que acompañen a las empresas en el tránsito hacia estos mercados.
Como consecuencia, muchas empresas andaluzas con capacidad y potencial de crecimiento no están accediendo a instrumentos que podrían fortalecer su posición financiera, mejorar su transparencia y aumentar su visibilidad ante inversores. El problema que se pretende solucionar es, por tanto, la escasa presencia de empresas andaluzas en mercados de financiación alternativa debido a barreras económicas, técnicas y de información que limitan su acceso y aprovechamiento de este tipo de instrumentos financieros.
La coyuntura económica actual, marcada por la incertidumbre generada por tensiones geopolíticas y comerciales, entre otros factores, afecta de manera significativa al tejido empresarial andaluz. Ante esta situación, se estima necesario la adopción urgente de medidas que permitan minimizar estos efectos adversos, reforzando la competitividad y la proyección exterior del tejido empresarial andaluz, mediante el acceso a mecanismos de financiación alternativa, que facilitan fuentes de financiación a empresas (también PYMES) como alternativa a los canales bancarios tradicionales, que fortalezcan su capacidad de crecimiento, innovación y visibilidad en los mercados. La posibilidad de acudir a mercados y fuentes de financiación alternativa permite a las empresas diversificar sus fuentes de financiación, atraer inversión privada y mejorar su estructura de capital, contribuyendo así a un entorno económico más dinámico y resiliente. En este contexto, una eficiente gestión de los recursos públicos lleva consigo el aprovechar, en el marco de una política financiera y económica coordinada, todos los recursos e instrumentos financieros de los que dispone la Comunidad Autónoma para ponerlos al servicio de las empresas andaluzas de la manera más eficaz posible.
La presente norma tiene como objetivo principal facilitar el acceso de las empresas andaluzas a mercados de financiación alternativa, mediante el apoyo a los gastos asociados de su incorporación a dichos mercados, contribuyendo así a una mejora efectiva en sus capacidades de financiación y crecimiento.
Dado que la Orden responde, de una parte, al cumplimiento de las actuaciones propuestas en Estrategia para la Transformación Económica de Andalucía (ETEA) 2021-2027, en concreto la de facilitar fórmulas de financiación, capitalización y garantías bancarias para PYMES, y, de otra parte, a la nueva realidad institucional en Andalucía, con la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) como encargada de la realización de actividades de fomento y promoción que favorezcan el desarrollo económico y empresarial de Andalucía, impulsando y acompañando al tejido productivo andaluz para lograr las condiciones idóneas para ello, no existe ninguna solución alternativa.
La ciudadanía y las organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados por cualquier medio admisible en Derecho. No obstante, se habilitan los buzones de correo electrónico para quienes prefieran utilizar estas vías: financiacionempresarial@andaluciatrade.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.