Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 30 de abril de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas del terrorismo
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Información general
En la medida que el proyecto pretende modificar la Orden por la que se establecen bases reguladoras para la concesión de subvenciones, deben considerarse como antecedentes la normativa general reguladora de la misma y de forma particular las siguientes disposiciones:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Orden de 30 de abril de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas del terrorismo.
Simplificar y agilizar la fase de justificación y de pago de las líneas de subvenciones previamente concedidas dado que la experiencia en la aplicación de esta norma ha puesto de manifiesto que la modalidad de justificación mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto dificulta una correcta ejecución de los créditos dentro del ejercicio presupuestario.
Establecer que la modalidad de justificación sea mediante cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, recogido en el punto 26.f)2º, en lugar de mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gastos, forma parte del contenido mínimo de las bases reguladoras de la concesión, por lo que su revisión requiere la modificación de la norma reglamentaria por las que se aprobaron.
Con este proyecto de Orden se pretende agilizar y simplificar la fase de justificación y de pago de las líneas de subvenciones previamente concedidas, así como optimizar la asignación de los recursos presupuestarios, garantizando la eficacia y la eficiencia en la ejecución del gasto público.
No existen posibles soluciones alternativas regulatorias o no regulatorias.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren oportuno pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:
participa.cjalfp@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.