Proyecto de decreto por el que se establece la estructura administrativa y se adoptan medidas organizativas en materia de protección de datos personales en la Administración de la Junta de Andalucía y en sus entidades instrumentales
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Información general
- Artículo 18 de la Constitución Española.
- Artículo 82 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
- Reglamento (UE) 679/2016, de 27 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Con este decreto se pretende definir el marco autonómico que permita asegurar la aplicación en la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales de las nuevas exigencias normativas europeas y nacionales, garantizando con ello el adecuado tratamiento de datos personales en la prestación de los servicios públicos, basado en el modelo de responsabilidad proactiva, considerando, asimismo, en todo momento, el riesgo que los tratamientos tienen para los derechos y libertades de las personas interesadas y procurando la minimización de dichos riesgos.
La aprobación de este decreto deriva de la necesidad de salir al paso de una falta de regulación, la cual se hace precisa y conveniente para garantizar de forma adecuada una aplicación homogénea y coordinada entre todos los responsables y demás actores que intervienen en el tratamiento de datos personales en la Administración de la Junta de Andalucía y en sus entidades instrumentales.
El principal objetivo de la norma es articular una estructura administrativa y organizativa que permita una aplicación homogénea y coordinada de la normativa en materia de protección de datos en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.
Con este fin, se establecen disposiciones generales, de acuerdo con las condiciones de licitud en el tratamiento de datos personales, se dispone la estructura organizativa y se adoptan las medidas relativas a la gestión en el tratamiento de datos personales, así como en las relaciones entre esta Administración y la ciudadanía, desde la doble vertiente de su derecho de información y del ejercicio de los derechos que les reconoce la normativa vigente.
No se contemplan otras soluciones regulatorias o no regulatorias.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren oportuno pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:
participa.cjalfp@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.