Proyecto de Decreto por el que se potencia el impacto económico, social y laboral de la minería sostenible en Andalucía.

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Información general

Antecedentes de la norma
  • Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030 (EMSA 2030).
  • Plan de acción CRECE Industria 2027 en Andalucía.
  • Decreto 97/2022, de 7 de junio, mediante el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Promoción de la Minería Sostenible en Andalucía.
Problemas que se pretenden solucionar

En los últimos años, el resurgir de la minería metálica y la creciente preocupación de la Unión Europea por garantizar el suministro de materias primas minerales a la industria europea, han vuelto a poner a nuestra región en el mapa mundial de la minería.

La aspiración por el desarrollo de una minería innovadora y especialmente respetuosa con el medio ambiente en Andalucía quedó claramente expuesta en el Acuerdo de 1 de junio de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030 (EMSA 2030), a través del que se expuso la visión de impulsar una minera consecuente con las grandes potencialidades de la región y que sea motor de desarrollo económico, creación de empleo, y contribuya a una mejor calidad de vida de los andaluces.

La regulación que se promueve se dirige al impulso de medidas que abordadas de una manera coordinada y ordenada tendrán un notable impacto sobre la finalidad de maximizar los efectos positivos de la actividad minera sostenible sobre el territorio donde se asienta, tanto desde el punto de vista económico, como social y sobre el empleo.

De esta manera, la Administración de la Junta de Andalucía manifiesta, ya no solo su plena alineación con una industria extractiva que se ha configurado hoy en día como un aliado estratégico en la lucha contra el cambio climático y la descarbonización de la economía, que se aspira a liderar desde Andalucía, sino que además busca potenciar su papel tractor de la economía como fuente de riqueza local. Asimismo, coincide con la visión europea de la oportunidad y necesidad de dar una respuesta interna a la demanda creciente de materias primas, en especial en lo referente a los metales, para asegurar un desarrollo más seguro de la doble transición digital y ecológica que se aborda.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La Administración de la Junta de Andalucía, como competente en la planificación, fomento, promoción, seguimiento y ordenación del sector minero, así como en la gestión del propio dominio público minero, tiene entre sus objetivos un desempeño minero eficiente, sostenible y seguro para las personas y para el territorio.

Efectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, como competencia compartida, la regulación y control de las minas y de los recursos mineros, así como las actividades extractivas. Asimismo, entre los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, conforme al artículo 10 del citado Estatuto, y en defensa del interés general, se encuentra el desarrollo industrial y tecnológico basado en la innovación, la investigación científica, las iniciativas emprendedoras públicas y privadas, la suficiencia energética y la evaluación de la calidad, como fundamento del crecimiento armónico de Andalucía.

Por su parte la Consejería de Industria, Energía y Minas, ostenta, conforme al artículo 13 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, las competencias en materia de industria y minas, y de acuerdo al artículo 1 del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula su estructura orgánica, esas competencias relativas a las actividades industriales y mineras incluyen la cooperación económica y el fomento de las iniciativas y acciones en dicho campo, y, específicamente, a través de su Secretaría General de Industria y Minas, el fomento de actividades y proyectos de especial interés para el desarrollo industrial y minero, y los servicios relacionados (artículo 5.1.g) y la elaboración de criterios, la realización de estudios, informes y otros trabajos técnicos, y la coordinación de las actuaciones de gestión y ejecución en las materias de industria y minas (artículo 5.1.h).

En definitiva, el ámbito competencial de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la consejería competente, en colaboración con las otras Consejerías participantes en la Comisión Interdepartamental para la Promoción de la Minería Sostenible en Andalucía, alberga los elementos necesarios para abordar el desarrollo de medidas que busquen maximizar los efectos positivos de la actividad minera sobre la estructura económica y los beneficios sociales, riqueza y empleo en las comarcas mineras.

Se ha evidenciado la necesidad impulsar medidas de apoyo económico o financiero para la ejecución de inversiones y actuaciones, medidas facilitadoras para impulsar estructuras productivas eficientes y sostenibles, fomentar las sinergias entre sectores industriales y actores de las cadenas de valor de bienes y servicios industriales, y mejorar el entorno para el desarrollo de los ecosistemas minero-industriales, medidas para fomentar el capital humano e impulsar la mayor participación de la mujer en los mismos o medidas para la coordinación administrativa, comunicación y la gobernanza.

Objetivos de la norma

Su principal objetivo es la regulación de las medidas de impulso y gobernanza, destinadas al desarrollo de ecosistemas minero-industriales para potenciar la diversificación económica y el impacto social y sobre el empleo de las instalaciones mineras en operación de gran relevancia en los municipios andaluces donde se ubican.

De esta manera, se busca maximizar los efectos positivos de la actividad minera sobre la estructura económica y los beneficios sociales y sobre el empleo en las comarcas o zonas de influencia mineras, así como su capacidad para facilitar el desarrollo de otras actividades industriales que refuercen y diversifiquen la economía local.

El impulso a los ecosistemas minero-industriales se prevé realizar mediante el apoyo a los actores que lo conforman o contribuyen a su desarrollo, pudiendo articularse este apoyo a través del despliegue de las siguientes medidas de actuación:

a) Medidas de apoyo económico o financiero para la ejecución de inversiones y actuaciones.

b) Medidas facilitadoras para impulsar estructuras productivas eficientes y sostenibles, fomentar las sinergias entre sectores industriales y actores de las cadenas de valor de bienes y servicios industriales, y mejorar el entorno para el desarrollo de los ecosistemas industriales y mineros.

c) Medidas para fomentar el capital humano e impulsar la mayor participación de la mujer en los ecosistemas minero-industriales.

d) Medidas para la coordinación administrativa, la comunicación y la gobernanza que refuerce la eficacia de las medidas de actuación referidas en los apartados anteriores y que contribuyan a evaluar su impacto, incluida la «Red de municipios mineros de Andalucía».

Posibles soluciones alternativas

Analizados los problemas que se pretenden solucionar, así como los objetivos específicos a alcanzar, se considera que el proyecto de decreto que es objeto de consulta es la solución más efectiva, descartándose otras posibles alternativas.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través de la siguiente dirección de correo electrónico:

sgim.ciem@juntadeandalucia.es; dgm.ciem@juntadeandalucia.es.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Industria, Energía y Minas
Índice
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