Orden, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a cofinanciar la adquisición de vehículos para la recogida de biorresiduos.
Información general
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
• Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las ayudas tienen por objeto acelerar las inversiones necesarias para mejorar la gestión de los residuos en Andalucía, estando dirigida la presente Orden a la recogida de biorresiduos mediante vehículos preferentemente con nulo o bajo impacto contaminante
Las actuaciones que se realicen con estas subvenciones tienen la finalidad de reducir el déficit existente de vehículos preferentemente de nulo o bajo impacto contaminante para la recogida de biorresiduos por parte de los Municipios u otras Entidades Locales, como Mancomunidades, Consorcios o Empresas Públicas constituidas por dichas Entidades Locales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que tengan asumida la competencia para prestar el servicio público de recogida de biorresiduos . La Orden facilitará el instrumento para la puesta a disposición de los citados fondos a los posibles beneficiarios.
Las ayudas tienen como objeto acelerar las inversiones necesarias para mejorar la gestión de los residuos en Andalucía, estando dirigida la presente Orden a la recogida de biorresiduos mediante vehículos preferentemente con nulo o bajo impacto contaminante.
En las bases reguladoras de estas ayudas se definirán sus aspectos fundamentales, como las entidades que podrán ser beneficiarias y selección de las mismas, la actividad y gastos y conceptos subvencionables así como los demás aspectos que deban ser establecidos conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable.
No se han contemplado otras soluciones que no sean las regulatorias, ya que es taxativa la necesidad de establecer las bases reguladoras y convocar estas ayudas mediante la aprobación de una disposición en forma de Orden.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, a través del siguiente buzón de correo electrónico:
apoyoeconomiacircular.csmaea@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.