Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas para la promoción del vino en terceros países, dentro de la intervención sectorial vitivinícola en el marco del plan estratégico de la política agrícola común para el periodo 2024-2027 y se establece su convocatoria para el año 2026

Información general

Antecedentes de la norma

El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm 1305/2013 y (UE) núm 1307/2013. Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

Problemas que se pretenden solucionar

El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 establece las normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEAGA) y establece los tipos de intervenciones en diferentes sectores, entre ellos en el vitivinícola. Además, el artículo 43 del mencionado reglamento obliga a algunos Estados Miembros, entre ellos España, a poner en marcha las intervenciones en el sector vitivinícola de forma obligatoria.

Los tipos de intervenciones en el sector del vino se detallan en el artículo 58 de dicho reglamento, entre los cuales se encuentran las actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países, consistentes en una o varias acciones y actividades encaminadas a la mejora de la competitividad del sector vitivinícola, y a la apertura, diversificación y consolidación de los mercados. 

Con este marco, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó el 26 de octubre de 2022 el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y que tiene por objeto establecer la normativa básica aplicable a los tipos de intervenciones incluidos en la Intervención Sectorial Vitivinícola, entre ellos las actividades de promoción y comunicación en terceros países. La sección 5ª del Capítulo II del Real Decreto 905/2022 se dedica a las actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países, y busca la mejora de la competitividad de los vinos españoles, mediante la consecución de objetivos de apertura, diversificación y consolidación de los mercados vitivinícolas a los que pueda dirigirse el vino español.

Si bien este real decreto agota prácticamente las bases reguladoras de esta intervención y contiene elementos de la convocatoria de estas ayudas, quedarían aspectos susceptibles de desarrollo para las autoridades competentes, razón por la cual se contemplan  en esta orden las precisiones de las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas, llevándonos   el desarrollo de este aspecto solucionar los posibles problemas que se originan a la hora de la la gestión de la ayuda con las especificaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

La aprobación de un nuevo Marco Estratégico por parte de la Unión Europea, hace recomendable la elaboración de un texto normativo que aporte claridad y seguridad jurídica a esta línea de subvenciones.

Objetivos de la norma

Precisar las bases reguladoras de las ayudas para las acciones de las ayudas de promoción y comunicación en terceros países establecidas en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, así como efectuar su convocatoria para el año 2026.

Posibles soluciones alternativas

Analizadas las distintas alternativas, se considera que la opción más eficaz para alcanzar los objetivos que se pretenden es la aprobación de unas Bases Reguladoras que desarrollen el marco jurídico que permitan convocar  y conceder estas ayudas. 

Envío de aportaciones

La ciudanía, entidades, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a  través del siguiente correo: dgiica.capadr@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

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Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
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