Proyecto de Decreto por el que se crea el Museo de la Autonomía de Andalucía
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Información general
El artículo 68.3,2º del vigente Estatuto de Autonomía de Andalucía establece que nuestra Comunidad Autónoma asume competencia exclusiva sobre archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones de naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal. Asimismo, el artículo 47.1.1.ª del citado Estatuto otorga a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencia exclusiva en materia de estructura y regulación de los órganos administrativos públicos de Andalucía y de sus organismos autónomos. Y en el artículo 37. 1.18º se determina que entre los principios rectores se encuentra la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía.
En el desarrollo de esa competencia fue promulgada la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía, estableciendo el marco normativo de las instituciones museísticas, en cuyo artículo 7 establece que la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de museos, prestará especial atención al fomento y creación de museos y colecciones museográficas que sean expresivos de la historia, la cultura y modos de vida del pueblo andaluz. Asimismo, establece en su artículo 9.2 que la creación de museos de titularidad de la Comunidad Autónoma se acordará mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de museos, «en el que se determinarán sus objetivos, fondos fundacionales, su organización, los servicios que ha de prestar y la Consejería o entidad a la que se adscribe».
La creación de una institución museística de carácter monográfico que cumpla las funciones de protección, conservación, investigación y difusión de las manifestaciones de la memoria y la identidad andaluza, especialmente a través de la preservación de los símbolos de Andalucía y de la recuperación y divulgación del patrimonio intelectual y material del Padre de la Patria Andaluza, culminando así un proceso de creación comenzado mediante la anotación preventiva de dicha institución en el Registro de Museos de Andalucía mediante Resolución de la Dirección General de Museos de 7 de agosto de 2007.
El Museo de la Autonomía de Andalucía tiene su origen en el momento en que la Fundación Centro de Estudios Andaluces adquiere la Casa de Blas Infante y parte de la finca original, propiedad de la familia de Blas Infante en el año 2001. Tras su rehabilitación y acondicionamiento, el recinto funcionó ofreciendo la visita a la Casa de Blas Infante y a los jardines que componían la finca, mientras se iba esbozando un nuevo proyecto de Museo de la Autonomía, un proyecto que se fue ampliando hasta lo que actualmente ha llegado a ser.
La Casa de Blas Infante fue declarada Bien de Interés Cultural en el año 2006, con la finalidad de preservar y recuperar los elementos patrimoniales, arquitectónicos y decorativos existentes en el edificio. Tras su restauración integral, se dotó de un discurso museográfico que permitiera el acceso a los valores del bien inmueble, inaugurándose el 5 de julio de 2010, coincidiendo con el 125 aniversario del nacimiento de Blas Infante, lo que supone la recuperación de uno de los símbolos más significativos de la historia de la autonomía de Andalucía.
En la parte este de la finca original de Blas Infante se edificó el Museo de la Autonomía de Andalucía entre marzo de 2004 y abril de 2006, inaugurándose en julio de ese mismo año. Fue anotado preventivamente en el Registro de Museos de Andalucía mediante Resolución de la Dirección General de Museos de 7 de agosto de 2007.
La creación del Museo de la Autonomía de Andalucía como unidad administrativa adscrita a la Fundación Pública Andaluza Centro de Estudios Andaluces, Medio Propio, organismo adscrito a la Consejería competente en materia de Presidencia, con titularidad y gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Desde este Centro Directivo se ha valorado que la fórmula regulatoria elegida es la más adecuada en el caso que nos ocupa.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren oportuno pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:
consultapublica.dgmycc.ctcd@juntadeandalucia.es
Quienes formulen estas aportaciones deberán incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.