Orden por la que se desarrolla el procedimiento establecido para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Información general

Antecedentes de la norma
  • Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
  • Orden de 3 de agosto de 2007, por la que se establece la intensidad de protección de los servicios, el régimen de compatibilidad de las Prestaciones y la Gestión de las Prestaciones Económicas del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.
  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
  • Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Problemas que se pretenden solucionar
  • Garantizar el acceso a las prestaciones de atención a la dependencia en función del grado de dependencia y la capacidad económica de las personas beneficiarias.
  • Adaptar la normativa autonómica a las condiciones básicas estatales reguladoras de las prestaciones del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia.
  • Armonizar los criterios en el cómputo de la capacidad económica y la participación de las personas beneficiarias en el coste de los servicios y prestaciones económicas de atención a la dependencia.
  • Mejorar el sistema de financiación de los servicios sociales comunitarios en materia dependencia.
Necesidad y oportunidad de su aprobación

En el Capítulo II del Título XI del Decreto-Ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de la ciudadanía con la administración pública de la Junta y el impulso de la actividad económica en Andalucía, se regula el nuevo procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía, en vigor desde el día 16 de marzo de 2024.

Por otra parte, el pasado 20 de julio entró en vigor el Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Ambas normas motivan la aprobación de una nueva Orden que desarrolle el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia, y actualice la regulación contenida en la actual Orden 3 de agosto de 2007, por la que se establece la intensidad de protección de los servicios, el régimen de compatibilidad de las Prestaciones y la Gestión de las Prestaciones Económicas del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.

Objetivos de la norma
  • Desarrollar el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho de acceso a las prestaciones, regulando las listas de acceso a las prestaciones en función del grado de dependencia y capacidad económica de las persona beneficiarias.
  • Actualizar la normativa autonómica en materia de prestaciones de atención a la dependencia de acuerdo con el marco normativo estatal vigente.
  • Unificar los criterios relativos a la capacidad económica y la participación de las personas beneficiaras en el coste de las prestaciones.
  • Regular la financiación de los servicios sociales comunitarios en el desarrollo de las competencias atribuidas en materia de dependencia.
Posibles soluciones alternativas

No se contemplan

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Periodo de vigencia
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Organismo
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
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