Orden por la que se regula el procedimiento de designación del veterinario de explotación de Unidades de Producción Ganaderas de Andalucía.
Información general
Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, y por el que se modifican varias normas de ordenación ganaderas.
El Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, establece en su artículo 3 responsabilidades de la personas titulares de las explotaciones ganaderas señalando que todas las explotaciones deberán disponer de los servicios de una persona que tenga la condición de veterinario de explotación, empresa veterinaria, o entidad que disponga de servicios veterinarios, para todas las especies de la explotación, que tenga asignadas las funciones encomendadas Asimismo, en el artículo 4 del citado Real Decreto, establece que deben acreditar su titular dicha disponibilidad mediante un modelo de declaración responsable.
El Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, establece que la persona titular de la explotación deberá comunicar a la autoridad competente en materia de sanidad animal la designación o cese del veterinario de explotación, por la vía que ésta determine, en un plazo máximo de siete días hábiles, previa comunicación por escrito al veterinario, por ello se hace necesario desarrollar ese procedimiento.
El Proyecto de Orden tiene por objeto establecer un procedimiento administrativo utilizando la figura de declaración responsable que regule la designación del veterinario de explotación por parte de los titulares de las explotaciones ganaderas / Unidades Productivas localizadas en Andalucía. Mediante la orden también se regulará el procedimiento de comunicación por parte de los titulares de explotaciones / Unidades Productivas de cese y nuevas designaciones, así como del cese de actividad a iniciativa de los veterinarios de explotación.
No se plantean posibles soluciones alternativas.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico:
dgpag.capadr@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.