Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 10 de noviembre de 2021, por la que se establecen los procedimientos para la realización y compensación de prácticas profesionales no laborales y de concesión de becas y ayudas a personas participantes en acciones formativas de formación profesional para el empleo

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Información general

Antecedentes de la norma

Orden de 10 de noviembre de 2021, por la que se establecen los procedimientos para la realización y compensación de prácticas profesionales no laborales y de concesión de becas y ayudas a personas participantes en acciones formativas de formación profesional para el empleo.

Problemas que se pretenden solucionar

La Formación Profesional para el Empleo, instrumento fundamental a los efectos de potenciar la empleabilidad de las personas trabajadoras, desempleadas y ocupadas, se encuentra regulada por parte de la Administración General del Estado, a través de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, que tiene como objetivos estratégicos favorecer la creación de empleo estable y de calidad, contribuir a la competitividad empresarial, garantizar el derecho a la formación laboral, y ofrecer garantías de empleabilidad y promoción profesional a la persona trabajadora.

En aplicación de dicha ley se aprobó el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley  30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, así como la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y de su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.

Con fecha 17 de noviembre de 2021 se publicó la Orden de 10 de noviembre de 2021, por la que se establecen los procedimientos para la realización y compensación de prácticas profesionales no laborales y de concesión de becas y ayudas a personas participantes en acciones formativas de formación profesional para el empleo. Con fecha 26 de octubre de 2022 se publicó la Resolución 20 de de octubre de 2022 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales a las personas participantes desempleadas en acciones formativas de formación profesional para el empleo.

Por otro lado, el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, reestructura los departamentos ministeriales, estableciendo, entre otros, que corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación profesional y al Ministerio de Trabajo y Economía Social la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de empleo, economía social y responsabilidad social de las empresas.

Al objeto de posibilitar el desarrollo de la propuesta y ejecución de la política de formación profesional conforme a la actual distribución de competencias, se publica la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación y se regulan determinados aspectos de la oferta formativa de formación profesional cuya competencia de gestión corresponde a las administraciones laborales asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Se cumple así, con el objetivo de desarrollar el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, en relación con la oferta de formación profesional vinculada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Con fecha 17 de marzo de 2023 se publica el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.

Mediante artículo único de este Real Decreto-ley se añade una nueva disposición adicional quincuagésima segunda al Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que viene a regular la inclusión en el sistema de Seguridad Social del alumnado que realice prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación. De acuerdo con la Disposición final décima del citado Real Decreto-ley esta modificación entra en vigor el 1 de octubre de 2023.

Por ello, todo alumnado de formación profesional al realizar prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación, debe quedar comprendido como asimilado a personas trabajadoras por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, excluidos los sistemas especiales del mismo, salvo que la práctica o formación se realice a bordo de embarcaciones, en cuyo caso la inclusión se producirá en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

En virtud de todo lo expuesto, se hace necesario un proceso de adaptación normativa de la Orden de 10 de noviembre de 2021, así como flexibilizar las condiciones para la realización de las prácticas profesionales no laborales y establecer una nueva beca para personas trabajadoras desempleadas que vayan a realizarlas, lo que promoverá la participación del alumnado en las citadas prácticas y redundará en la consecución de los objetivos de estas.

 

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Se pretende dotar a la Administración de la Junta de Andalucía de un instrumento normativo que actualice el procedimiento de ejecución y gestión de las prácticas profesionales no laborales así como la concesión de las becas y ayudas de formación profesional para el empleo.

Objetivos de la norma
  • Adaptar dentro del marco de la normativa estatal, las previsiones normativas a la realidad organizativa, social y territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Modificar el contenido de la Orden de 10 de noviembre de 2021, para incentivar y asegurar la eficacia y eficiencia en la participación y realización del alumnado en las prácticas profesionales no laborales.
  • Asegurar la aplicación de los principios de buena regulación, de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
Posibles soluciones alternativas

No se identifican soluciones alternativas, por lo que la única solución factible es aprobar una Orden por la que se modifica la Orden de 10 de noviembre de 2021.

Envío de aportaciones

A través del siguiente correo electrónico: sv.progempleo.ceeta@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Índice
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