Decreto por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.

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Información general

Antecedentes de la norma
  • Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil.

  • Decreto 40/2011, de 22 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.

  • Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.

  • Decreto 6/2017, de 16 de enero, por el que se regulan los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.

  • Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

  • Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.

  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

  • Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

  • La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

Problemas que se pretenden solucionar

Con la aprobación del presente Decreto se pretende actualizar y adecuar la regulación de los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía a las necesidades sociales y educativas presentes, de acuerdo con el marco normativo actual, con objeto de proporcionar un mejor servicio educativo para el alumnado que se escolariza en esta etapa, poniendo en valor el servicio que los centros que imparten esta etapa educativa prestan a sus familias como uno de los mecanismos más eficaces para asegurar la conciliación entre la vida laboral y familiar.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Se ha evidenciado la necesidad de actualizar la normativa que regula los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, de acuerdo con el ordenamiento jurídico actual, avanzando en un modelo de gestión plenamente integrado en el Sistema Educativo Andaluz. No se han considerado otras soluciones alternativas dado que la importancia de las medidas hace necesaria la tramitación de una nueva disposición con rango de Decreto, sin perjuicio del posterior desarrollo normativo del mismo.

Objetivos de la norma
  • Adaptar la regulación de la organización y funcionamiento de estos centros a las necesidades actuales, además de en su función educativa, en sus otras funciones sociales, particularmente en lo que se refiere al calendario, horario y servicios que ofrecen.

  • Avanzar en la escolarización de la población con mayor déficit sociocultural por el carácter compensador que la escuela ejerce en edades tempranas, con objeto de incidir en el futuro éxito escolar del alumnado.

  • Actualizar la normativa vigente que regula los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, de forma integrada con el Ordenamiento jurídico vigente.

  • Adecuar y consolidar las normas de admisión del alumnado en los centros educativos que impartan el primer ciclo de la educación infantil y el procedimiento para promover un incremento ordenado de la oferta de plazas en estos centros.

Posibles soluciones alternativas

No se han considerado otras soluciones alternativas, dado que la importancia de las medidas a aplicar hace necesaria la actualización de la normativa que regula los centros educativos, públicos y privados, de la Comunidad Autónoma de Andalucía que imparten el primer ciclo de la educación infantil, sin perjuicio del posterior desarrollo normativo, en su caso, del mismo.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento a través del siguiente correo electrónico: dgpcec.cdefp@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá identificarse, incluyendo en su correo su nombre y apellidos o razón social o denominación registrada de la entidad a la que represente.

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Fecha de publicación
Periodo de vigencia
-
Organismo
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
Índice
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