Extracto de la Resolución de 9 de julio de 2025, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca para 2025 la Línea 2 de subvención de carácter plurianual, a conceder en régimen de concurrencia no competitiva, a las Universidades Públicas de Andalucía, para la realización del Programa UNIVERGEM (Universidades por la Empleabilidad y el Emprendimiento de las Mujeres Universitarias desde la perspectiva de género).
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BDNS (Identi.): 844848.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: Base de Datos Nacional de Subvenciones (infosubvenciones.es).
Primero. Convocatoria.
Se convoca por el Instituto Andaluz de la Mujer, para 2025, la Línea 2 de subvención de carácter plurianual, a conceder en régimen de concurrencia no competitiva, a las Universidades Públicas de Andalucía, para la realización del Programa UNIVERGEM (Universidades por la Empleabilidad y el Emprendimiento de las Mujeres Universitarias desde la perspectiva de género), de conformidad con la Orden de 17 de junio de 2021, publicada en BOJA núm. 119, de 23.6.2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a las Universidades Públicas de Andalucía, para la promoción de la igualdad de género y la realización del Programa UNIVERGEM (Universidades por la Empleabilidad y el Emprendimiento de las mujeres universitarias desde la perspectiva de género).
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de esta subvención las Universidades Públicas de Andalucía que cumplan los requisitos señalados en el Anexo I de este extracto.
Tercero. Objeto y finalidad.
Se describen en el Anexo I de este extracto.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a las Universidades Públicas de Andalucía, para la realización del Programa UNIVERGEM, que han sido aprobadas mediante Orden de 17 de junio de 2021 (BOJA núm. 119, de 23.6.2021).
Quinto. Financiación.
1. El crédito presupuestario para atender a la financiación de la realización del Programa UNIVERGEM, se consigna en la siguiente partida presupuestaria y por su cuantía máxima en euros.
Posición presupuestaria | Cuantía (2025) en euros | Cuantía (2026) en euros | Total (en euros) |
---|---|---|---|
1831010000 G/32G/44100/00 01 | 187.500 | 187.500 | 375.000 |
2. La concesión de la subvención estará limitada por la disponibilidad presupuestaria existente en el ejercicio, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Sexto. Forma de pago.
Se establece el pago anticipado del 50%, como máximo, del importe de la subvención a la firma de la resolución de concesión. El 50% restante se abonará cuando se justifiquen íntegramente el programa y la totalidad de los gastos.
Séptimo. Solicitudes y lugar de presentación.
La solicitud (Anexo I) y el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II), se podrán obtener y presentar en la Sede Electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer, a través de la url:
https://ws097.juntadeandalucia.es/oficina
Octavo. Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición.
Los documentos e informaciones que se requieren son los referidos en el Anexo I de este extracto, conforme a lo establecido en el apartado 14 del cuadro resumen de las bases reguladoras de la subvención.
Noveno. Plazo de presentación de solicitudes.
El indicado en el Anexo I de este extracto.
Décimo. Plazo de ejecución.
El indicado en el Anexo I de este extracto.
Decimoprimero. Justificación.
1. Se realizará por la entidad beneficiaria de la subvención ante el órgano concedente, conforme a lo establecido en el apartado 25 del cuadro resumen de las bases reguladoras, modificado por resolución de corrección de errores de en cuanto a la documentación justificativa, la utilización de los medios electrónicos y la modalidad de justificación.
2. El plazo máximo de presentación de la justificación está indicado en el Anexo I de este extracto.
Decimosegundo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, se pueden obtener en Sede Electrónica del Instituto Andaluz de la Mujer, a través de la url:
https://ws097.juntadeandalucia.es/oficina
Sevilla, 9 de julio de 2025.- La Directora, Olga María Carrión Mancebo.
ANEXO I
Línea 2 de subvención para la realización del Programa UNIVERGEM | |
---|---|
Beneficiarias | Las Universidades Públicas de Andalucía que reúnan el requisito establecido en el apartado 4.a.2.º del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas por Orden de 17 de junio de 2021 (BOJA núm. 119, de 23.6.2021). |
Objeto y finalidad | La subvención tiene por objeto promover actuaciones dinámicas, flexibles, innovadoras y contextualizadas en las Universidades Públicas de Andalucía, desde una perspectiva de género, para mejorar las competencias en empleabilidad y emprendimiento de las mujeres universitarias y posibilitar transferencia de conocimiento a la sociedad, con la finalidad de contribuir a la eliminación de las brechas de género aún existentes. |
Documentos e informaciones | Relacionados en el apartado 5 de la solicitud (Anexo I) y en el apartado 4 del formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II), conforme al apartado 14 del cuadro resumen de las bases reguladoras de la subvención. |
Importe | La dotación máxima para esta convocatoria es de 187.500 euros. |
Plazo de presentación de solicitudes | El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el 1 de septiembre de 2025. |
Plazo de ejecución | Desde el 1 de enero de 2025 al 31 de julio de 2026. |
Plazo de presentación de la justificación | De tres meses, desde la fecha de finalización de la ejecución del programa. |