Resolución de 24 de junio de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al órgano judicial y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento.
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En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo interpuesto por «Grupo Control Empresa de Seguridad, S.A.U.», contra la desestimación presunta por silencio de la reclamación de fecha 17 de julio de 2024, con núm. de registro REGAGE24e00054051440, que ha dado lugar al procedimiento abreviado 44/2025.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Letrado o la Letrada de la Administración de Justicia acordará su traslado a la persona demandada, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente administrativo en soporte electrónico, con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el Procedimiento Administrativo Común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los presupuestos contemplados en el citado artículo.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y el artículo 15 bis de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 abril 2011),
RESUELVO
1.º La remisión del expediente administrativo correspondiente a «Grupo Control Empresa de Seguridad, S.A.U.», al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Sevilla.
2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 24 de junio de 2025.- La Directora Gerente, María Victoria Martín-Lomeña Guerrero.
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