Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud y por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Personal de Lavandería y Planchado, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, y se declaran decaídas las personas que se citan.
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Mediante Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 69, de 10 de abril), por la que se modifica Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Personal de Lavandería y Planchado, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas las personas que se citan, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.
Asimismo, mediante Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 91, de 15 de mayo), por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Personal de Lavandería y Planchado, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas las personas que se citan, y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino.
En este sentido, la base general 10.1.4 y 10.1.5 del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 18, de 27 de enero de 2023 y BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 de la del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, la persona titular de la Dirección General competente en materia de personal requerirá al Tribunal Calificador una relación complementaria de las plazas convocadas, con las personas aspirantes propuestas para su posible nombramiento como personal estatutario, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Que se produzca la renuncia de alguna de las personas aspirantes seleccionadas, tanto tácita como expresa, o que tenga lugar el fallecimiento de algunos de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión. b) Que alguna de las personas propuestas no acredite los requisitos señalados en la base 4, en forma y plazo establecidos en la base 12.3, o que del examen de dicha documentación se deduzca que el aspirante carezca de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, en cuyo caso se le dará audiencia; por la persona titular de la Dirección General competente en materia de Personal se dictará resolución por la que se acordará publicar la relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como Personal Estatutario fijo, las cuales deberán presentar la solicitud de Petición de centro de destino en la forma y términos establecidos en la base 11.
Así, existiendo una persona que no ha tomado posesión en el plazo habilitado para ello en la citada Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 91, de 15 de mayo), procede modificar la citada Resolución y acudir a la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo. Y ello, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que regula que en el caso de existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se acude a la relación complementaria de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta Dirección General de Personal.
En aplicación de lo establecido en la mencionada base general 13.3, el supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo dispuesto en estas bases.
De acuerdo con lo anterior y de conformidad con lo establecido en las bases 12 y 13 del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 18, de 27 de enero de 2023 y BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, en el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en virtud de las atribuciones que se le asignan en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre (BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General
RESUELVE
Primero. Nombrar personal estatutario fijo a la persona aspirante que ha superado el concurso, por el sistema de acceso libre, en la categoría Personal de Lavandería y Planchado, que se relacionan en el Anexo I de esta resolución con expresión del centro de destino adjudicado. De conformidad con lo establecido en la base 12.1 del anexo de las bases generales, las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados por las personas aspirantes que han superado el concurso y al orden determinado por la puntuación obtenida en el mismo, y conforme a lo establecido en la base 12.2 para quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de lo establecido en la base 11.2 del anexo de las bases generales respecto a las personas aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.
Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases generales, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Tercero. Declarar decaídas en su derecho a las personas aspirantes que se relacionan en el Anexo II de la presente resolución por no haber tomado posesión en el plazo habilitado para ello.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de junio de 2025.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
ANEXO I
ASPIRANTE NOMBRADA PERSONAL ESTATUTARIO FIJO
APELLIDOS, NOMBRE | DNI | PTOS. TOTAL | CÓD. DESTINO | DESTINO |
---|---|---|---|---|
CONESA GUERRERO, DOLORES | ***2848** | 78,682 | 7924 | HOSPITAL DE ANTEQUERA |
ANEXO II
PERSONAS ASPIRANTES DECAÍDAS EN SU DERECHO
APELLIDOS, NOMBRE | DNI |
---|---|
DÍAZ FERNÁNDEZ, JOSEFA | ***3881** |
Descargar PDF