Orden de 30 de mayo de 2025, por la que se autoriza el cambio de domicilio y la modificación del número de unidades y puestos escolares de primer ciclo de educación infantil a la escuela infantil «La Casita» de Periana (Málaga). (PP. 1172/2025).
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El artículo 14.1 del Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que el número de puestos escolares en los referidos centros educativos se fijará por orden de la Consejería competente en materia de educación, teniendo en cuenta el número máximo de alumnado por unidad escolar que se recoge en el artículo 13 del mencionado decreto y las instalaciones y condiciones materiales establecidas en el mismo.
La escuela infantil «La Casita», código 29015983, ubicada en C/ Pablo Picasso, 14, de Periana (Málaga), cuya titularidad ostenta el Excmo. Ayuntamiento de Periana, cuenta con autorización para 2 unidades con 30 puestos escolares de primer ciclo de educación infantil.
Visto el expediente promovido por el mencionado Ayuntamiento en solicitud de cambio de domicilio, por traslado a unas nuevas instalaciones en la misma localidad, y de modificación de la capacidad de la citada escuela infantil, a propuesta de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, y en virtud de lo establecido en el citado artículo 14.1 del Decreto 76/2025, de 5 de marzo,
DISPONGO
Primero. Autorizar el cambio de domicilio de la escuela infantil «La Casita», código 29015983, por traslado de la misma a unas nuevas instalaciones en calle Cervantes, núm. 2, de Periana (Málaga), y la modificación de su capacidad, en cuanto al número de unidades y puestos escolares de primer ciclo de educación infantil, que quedará configurada con 3 unidades para 39 puestos escolares.
Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 30 de mayo de 2025
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA | |
Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |