Resolución de 5 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se modifica la Resolución de 23 de abril de 2025, por la que se modifica parcialmente la distribución de créditos y se reajustan las anualidades establecidas por la Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021.
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La Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021 (BOJA núm. 107, de 4.6.2024), establece en el punto 2 del resuelvo noveno la distribución de los créditos aprobados para la convocatoria y fija las cuantías máximas entre los diferentes ámbitos territoriales y funcionales de competitividad contemplados en la misma, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial.
Por su parte, en el punto 1 del resuelvo décimo de la misma Resolución de 24 de mayo de 2024, se establece que, si tras la resolución de concesión existiesen créditos sobrantes, de los fijados en el citado punto 2 del resuelvo noveno, en alguno de los ámbitos territoriales y funcionales establecidos, éstos se distribuirán con los mismos criterios de distribución territorial que los iniciales, previa modificación de la distribución de los créditos aprobados, entre los ámbitos territoriales y/o funcionales de la convocatoria en las existan solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos, de forma que, respetando el orden de evaluación establecido, se posibiliten resoluciones complementarias para la concesión de las subvenciones que incluyan dichas solicitudes.
En dicho sentido, la Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, modifica parcialmente la distribución de créditos y reajusta las anualidades establecidas por la referida Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, y en particular para la provincia de Málaga establece para la segunda línea de subvenciones, destinada al fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales, un crédito definitivo total de 73.115,63 €, al objeto de cubrir los 6.142,50 € previstos como necesarios, en la posición presupuestaria G/31C/47300, para conceder las solicitudes existentes en la Línea 2 que, aún cumpliendo todos los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en el ámbito de dicha provincia de Málaga.
No obstante, una vez publicada la referida Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, el 29 de abril de 2025, en el BOJA número 80, se advierte que para conceder las solicitudes existentes en la Línea 2 de la provincia Málaga que, aún cumpliendo todos los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dicha provincia, el crédito total necesario asciende a la cantidad de 7.818,75 €, en lugar de los 6.142,50 € previstos inicialmente en la aprobación de citada Resolución de 23 de abril de 2025, de forma que para conceder dichas solicitudes pendientes en la provincia de Málaga, se hace necesario un suplemento de crédito adicional de 1.676,25 €, con la siguiente distribución de anualidades:
PROVINCIA | CRÉDITO ADICIONAL LÍNEA 2 (G/31C/47300) | ANUALIDAD 2025 (G/31C/47300) | ANUALIDAD 2026 (G/31C/47300) |
---|---|---|---|
MÁLAGA | 1.676,25 € | 838,12 € | 838,13 € |
TOTAL | 1.676,25 € | 838,12 € | 838,13 € |
Por tanto, a la vista de lo anteriormente expuesto se hace necesario modificar, en las provincias afectadas, los créditos máximos establecidos por la Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se modifica parcialmente la distribución de créditos y se reajustan las anualidades establecidas por la Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021, al objeto de ajustar los créditos máximos aprobados y sus anualidades para la Línea 2 Subvenciones para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborale, para poder finalizar la convocatoria en la provincia de Málaga, quedando el crédito definitivo de las provincias afectadas por dicha modificación de la siguiente forma:
PROVINCIA | CRÉDITO INICIAL CONVOCATORIA LÍNEA 2 (G/31C/47300) | TOTAL CRÉDITO AUTORIZADO NO COMPROMETIDO (G/31C/47300) | NECESIDADES CRÉDITO LÍNEA 2 (G/31C/47300) | MODIFICACIÓN CRÉDITO LÍNEA 2 (G/31C/47300) | CRÉDITO DEFINITIVO CONVOCATORIA LÍNEA 2 (G/31C/47300) |
---|---|---|---|---|---|
GRANADA | 68.775,62 € | 47.029,37 € | 0,00 € | -4.407,38 € | 64.368,24 € |
MÁLAGA | 70.384,50 € | 3.411,37 € | 7.818,75 € | 4.407,38 € | 74.791,88 € |
TOTAL | 139.160,12 € | 50.440,74 € | 7.818,75 € | 0,00 € | 139.160,12 € |
PROVINCIA | NECESIDADES CRÉDITO TOTAL LÍNEA 2 (G/31C/47300) | ANUALIDAD 2025 (G/31C/47300) | ANUALIDAD 2026 (G/31C/47300) |
---|---|---|---|
MÁLAGA | 7.818,75 € | 3.909,37 € | 3.909,38 € |
TOTAL | 7.818,75 € | 3.909,37 € | 3.909,38 € |
En su virtud, y de conformidad con el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, la Orden de 12 de mayo de 2021, de bases reguladoras, y la Resolución de 24 de mayo de 2024, de convocatoria,
RESUELVO
Modificar la distribución de los créditos máximos fijados en el punto 2 del resuelvo noveno de la Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, establecidos por la Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, con el consiguiente reajuste de anualidades y en el siguiente sentido:
b) Línea 2. Subvenciones para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales.
PROVINCIA | CRÉDITO CONVOCATORIA LÍNEA 1 (G/31C/47300) | ANUALIDAD 2024 (G/31C/47300) | ANUALIDAD 2025 (G/31C/47300) | ANUALIDAD 2026 (G/31C/47300) |
---|---|---|---|---|
GRANADA | 64.368,24 € | 32.184,12 € | 32.184,12 € | 0,00 € |
MÁLAGA | 74.791,88 € | 33.486,54 € | 37.395,96 € | 3.909,38 € |
TOTAL | 139.160,12 € | 65.670,66 € | 69.580,08 € | 3.909,38 € |
Segundo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de junio de 2025.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 12.5.2021, BOJA núm. 93, de 18.5.2021), el Director General, Luis Roda Oliveira.
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