Orden de 4 de junio de 2025, por la que se resuelve el procedimiento para la concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad correspondiente al año 2024.
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Vistas las solicitudes de participación presentadas al amparo de la Orden de 14 de octubre de 2024, por la que se convoca la concesión del distintivo empresarial «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» correspondiente al año 2024 y se establecen sus bases reguladoras, resultan los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Publicada la convocatoria para la obtención del distintivo empresaria «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» (BOJA núm. 206, de 22 de octubre de 2024), el plazo de presentación de candidaturas era de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y finalizaba el día 10 de diciembre de 2024.
Segundo. Comprobadas las solicitudes y documentación aportada, se requirió de subsanación de manera conjunta, con su publicación en la web del Instituto Andaluz de la Mujer, a las empresas participantes para que pudiesen subsanar las faltas o acompañar los documentos preceptivos, concediendo para ello un plazo de diez días hábiles y finalizando el plazo de subsanación el día 27 de febrero de 2025.
Analizada la documentación presentada, en fecha 28 de abril de 2025, el Servicio de Formación y Empleo de Mujeres del Instituto Andaluz de la Mujer evacuó Informe de Valoración de las solicitudes presentadas, de conformidad con los criterios de valoración contenidos en la base quinta de las bases reguladoras.
Tercero. Con fecha 30 de abril de 2025, se concedió trámite de audiencia para que las empresas pudieran alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimasen pertinentes, finalizando el plazo de alegaciones el 15 de mayo de 2025.
Examinadas las alegaciones y documentación aportada, se dictó por el Servicio de Formación y Empleo de Mujeres del Instituto Andaluz de la Mujer, Propuesta provisional de resolución, de fecha 22 de mayo de 2025, que contenía la relación provisional de empresas que obtenían el mínimo de puntuación para obtener el distintivo empresarial «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad», la relación de empresas excluidas y su puntuación, así como las inadmitidas y las desistidas.
Cuarto. En fecha 22 de mayo de 2025, la propuesta del citado Servicio como órgano instructor, se envió individualmente a cada integrante de la Comisión Evaluadora para que procediera al estudio de la misma y comprobara la adecuación de las solicitudes a los criterios de valoración, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 1/2022, de 11 de enero, por el que se creaba la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» y se establecían los criterios para su obtención, control de la ejecución y renovación.
A estos efectos, la Comisión Evaluadora, que se reunió en fecha 27 de mayo de 2025, considera adecuadas las solicitudes a los criterios de valoración.
Quinto. El día 30 de mayo de 2025, la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer formalizó propuesta de resolución, remitiéndola a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Normativa de aplicación.
El artículo 35 de Ley 12/2007, de 26 de noviembre, recoge la creación de una Marca de Excelencia en Igualdad para distinguir a aquellas entidades comprometidas con la igualdad entre mujeres y hombres, con la finalidad de incentivar las iniciativas empresariales que implanten medidas para la promoción de la igualdad en la gestión de los recursos humanos, así como mejoras en la calidad del empleo de las mujeres. En el apartado primero se concretan los criterios a valorar para la concesión de dicho reconocimiento y, en el apartado segundo, se dispone que los criterios para la obtención, control de la ejecución y renovación de la marca de excelencia serán establecidos reglamentariamente.
En base a ello, se dictó el Decreto 1/2022, de 11 de enero, por el que se creaba la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» y se establecían los criterios para su obtención, control de la ejecución y renovación. Para convocar el primer procedimiento para la obtención del reconocimiento, y de conformidad con la disposición adicional única, la disposición transitoria primera y segunda, y la disposición final primera del citado decreto, se hacía necesario:
- El registro de la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» en el Registro de Marcas que recoge la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, que se solicitó el 28 de octubre de 2022 y se concedió el 8 de mayo de 2023, con el código identificativo 4.189.662.
- La creación de un registro público de concesiones, renovaciones, renuncias voluntarias, suspensiones y revocaciones, que fue efectuada mediante Orden de 17 de marzo de 2023, por la que se crea el Registro público del distintivo empresarial «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad».
- Aprobar mediante orden el logotipo del distintivo «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad», extremo cumplimentado con la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se aprueba el logotipo del distintivo empresarial «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad».
Cumplidos los trámites previos, se publicó la Orden de 14 de octubre de 2024, por la que se convoca la concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad correspondiente al año 2024 y se establecen sus bases reguladoras (BOJA núm. 9, de 14 de octubre de 2024).
Segundo. Procedimiento de concesión.
El procedimiento para la obtención de este distintivo empresarial se inicia a solicitud de la empresa interesada de forma electrónica, en el plazo de un mes desde que se publique la correspondiente convocatoria, debiendo ajustarse a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 de la base primera de sus bases reguladoras, en la que se contienen los criterios generales para la admisión de las solicitudes y a los criterios de valoración señalados en la base quinta de las bases reguladoras.
Evaluadas las solicitudes de participación por el Servicio de Formación y Empleo de Mujeres del Instituto Andaluz de la Mujer y la Comisión Evaluadora, se dará traslado de la misma a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer para que eleve la propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de Igualdad, que procederá a dictar resolución motivada sobre las solicitudes de concesión de la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad». Esta resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, produciendo efectos desde su publicación.
El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes será de 6 meses, a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que se fije anualmente en cada convocatoria.
Transcurrido este plazo, si no recayera resolución expresa, se entenderá estimada la petición. La entrega de la certificación acreditativa del reconocimiento de la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» se efectuará en acto público, y tendrá una vigencia de 4 años desde la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Órgano competente para proponer.
El artículo 10.1 del Decreto 1/2022, de 11 de enero, señala que «a la vista de la propuesta elevada por la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, la persona titular de la Consejería competente en materia de Igualdad procederá a dictar resolución motivada sobre las solicitudes de concesión de la Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad».
Siendo la Consejería competente en materia de Igualdad la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, como establece el Decreto 168/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
En base a ello, y de conformidad con la normativa citada y las demás normas de general y especial aplicación,
DISPONGO
Primero. Empresas que alcanzan la puntuación necesaria para obtener la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad».
Teniendo en cuenta los requisitos y criterios establecidos en las bases reguladoras para obtener el reconocimiento del distintivo empresarial «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad», se aprueba el anexo de relación de empresas que obtienen el mínimo de puntuación para obtener el distintivo empresarial «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad», de conformidad con el apartado 6 de la base quinta de las bases reguladoras. Se desestiman el resto de las candidaturas presentadas por las entidades no incluidas expresamente en dicha relación.
Segundo. Solicitudes desestimadas en el proceso de concesión del distintivo.
Desestimar el resto de las candidaturas presentadas por las empresas no incluidas expresamente en el anexo. Dicha desestimación será notificada de forma electrónica a las citadas empresas con expresión del motivo de la no concesión.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que en turno corresponda a Sevilla, de conformidad con lo establecido en los en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. De conformidad con lo establecido en el número 2 del artículo 123 de la citada ley no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Sevilla, 4 de junio de 2025
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO | |
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad |
ANEXO I
EMPRESAS QUE OBTIENEN EL DISTINTIVO EMPRESARIAL MAEI
EXPTE. NÚM. | NIF | EMPRESA |
---|---|---|
2024/AL/EXC/000006 | G04460796 | ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO Y SOCIAL INTEGRA2 |
2024/AL/EXC/000009 | V04324323 | SAT EUROSOL |
2024/AL/EXC/000010 | B04246047 | LUXEAPERS SLU |
2024/AL/EXC/000015 | G04180014 | ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EL SALIENTE |
2024/AL/EXC/000016 | G04307245 | ASOCIACION ALBA |
2024/CA/EXC/000001 | B72041650 | TITANIA, ENSAYOS Y PROYECTOS INDUSTRIALES SL |
2024/CA/EXC/000003 | A28003119 | MOEVE, S.A. |
2024/CA/EXC/000004 | B91387662 | ASISTENCIAL GERIATRICA ALGODONALES S.L. |
2024/CO/EXC/000001 | B14659007 | FEPAMIC SERVICIOS DE ASISTENCIA, S.L.U. |
2024/CO/EXC/000003 | B14029011 | DAPLAST, S.L |
2024/CO/EXC/000005 | A14071559 | CORECO, S.A. |
2024/CO/EXC/000009 | B14932305 | MAGTEL OPERACIONES, S.L.U. |
2024/CO/EXC/000010 | G14472740 | ASOCIACIÓN LUCENA ACOGE |
2024/CO/EXC/000011 | G14664502 | ASOCIACION BAENA SOLIDARIA |
2024/GR/EXC/000001 | G18908137 | ASOCIACIÓN DE FAMILIARES DE PERSONAS CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA DE LA COSTA DE GRANADA - CONECTA |
2024/GR/EXC/000004 | B18904391 | NORTHGATEARINSO GRANADA S.L. |
2024/GR/EXC/000005 | B18399196 | TADEL FORMACION S.L. |
2024/GR/EXC/000006 | G18719302 | ASOCIACIÓN GRUPO AFECTADOS POR ENFERMEDADES NEURODEGENERATIVAS |
2024/JA/EXC/000001 | B23465594 | AULA INTEGRAL DE FORMACION |
2024/JA/EXC/000002 | F23675879 | FORTALEZAS FORMACIÓN S.COOP.AND. |
2024/JA/EXC/000003 | F23338270 | OLEOCAMPO S.C.A. |
2024/MA/EXC/000004 | B92057702 | FRANSAN SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES S.L. |
2024/MA/EXC/000005 | B93060317 | AUDIOLIS CONOCIMIENTO, S.L. |
2024/MA/EXC/000007 | A92909068 | MAINJOBS INTERNACIONAL EDUCATIVA Y TECNOLOGICA SA |
2024/SC/EXC/000001 | B47511126 | IBECON 2003 S.L. |
2024/SC/EXC/000004 | B01117480 | INSTITUTO EUROPA S.L.U. |
2024/SC/EXC/000005 | G73038457 | FUNDACIÓN DIAGRAMA INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL |
2024/SC/EXC/000006 | A28506038 | MITIE FACILITIES SERVICES SAU |
2024/SC/EXC/000007 | A09326513 | FORMACION Y MANTNEIMIENTO TECNICO S.A. |
2024/SC/EXC/000008 | A83052407 | S.E. CORREOS Y TELEGRAFOS, S.A., S.M.E. |
2024/SC/EXC/000009 | B09390105 | GABINETE DE RECOLOCACIÓN INDUSTRIAL S.L. |
2024/SC/EXC/000010 | G85563302 | ASOCIACIÓN INSERTA EMPLEO |
2024/SC/EXC/000012 | A80364243 | CLECE, S.A. |
2024/SC/EXC/000013 | B84818442 | LEROY MERLIN ESPAÑA SLU |
2024/SC/EXC/000014 | A87045407 | SENIOR SERVICIOSINTEGRALES |
2024/SE/EXC/000004 | A91730747 | QUINTAS ENERGY SA |
2024/SE/EXC/000006 | Q2866001G | CRUZ ROJA ESPAÑOLA |
2024/SE/EXC/000007 | B91165126 | SERVICIO DE EMERGENCIAS MEDICAS Y URGENCIAS SL |
2024/SE/EXC/000008 | A41017088 | AZVI |
2024/SE/EXC/000010 | A41946211 | APARCAMIENTOS URBANOS SERVICIOS Y SISTEMAS |
2024/SE/EXC/000011 | B41014028 | MARTIN CASILLAS, S.L.U |
2024/SE/EXC/000012 | B91250852 | ASISTENCIAL GERIATRICO SAN JUAN DE AZNALFARACHE |
2024/SE/EXC/000013 | B91749655 | INTEGRA MANTENIMIENTO, GESTIÓN Y SERVICIOS INTEGRADOS CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO, SL |
2024/SE/EXC/000014 | B98751472 | ATENDE SERVICIOS INTEGRADOS SL |
2024/SE/EXC/000015 | B41367681 | EXPLOTACIONES LAS MISIONES , S.L.U |
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