Resolución de 2 de junio de 2025, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convocan diversos puestos de trabajo en oficinas judiciales por el sistema de concurso específico, en los partidos judiciales de Roquetas de Mar, Arcos de la Frontera, Chiclana de la Frontera, la Línea de la Concepción, San Fernando, Sanlúcar de Barrameda, Santa Fe, Ayamonte, Palma del Condado, Linares, Estepona, Alcalá de Guadaíra, Dos Hermanas, Sanlúcar la Mayor y Utrera.
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La disposición transitoria cuarta de la Ley 19/2003, de la Ley 19/2003, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece que las Comunidades Autónomas con competencias asumidas aprobarán las relaciones de puestos de trabajo y procederán al acoplamiento del personal funcionario con destino definitivo en el ámbito territorial correspondiente.
En dicha relación de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se recogen diversos puestos singularizados cuya forma de provisión es el sistema de concurso específico, en los términos recogidos en los artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
El concurso específico consta de dos fases. La primera, de comprobación y valoración de los méritos generales. La segunda, de valoración de los méritos específicos. Para la valoración de las aptitudes concretas de la segunda fase el referido reglamento faculta la posibilidad de establecer la elaboración de memorias o la celebración de entrevistas que deberán especificarse necesariamente en la convocatoria.
La presente convocatoria no prevé la elaboración de memorias o la celebración de entrevistas, sin perjuicio de que puedan exigirse en futuras convocatorias.
En virtud de todo lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial del personal al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía, y en el uso de las competencias conferidas por el Decreto 1/2014, de 14 de enero, por el que se regula la organización y estructura de las Oficinas Judicial y Fiscal en Andalucía, así como por el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESUELVO
Primero. Objeto.
1. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión por el sistema de concurso específico, de la relación de puestos incluidos en el Anexo I a esta convocatoria, en el que constan sus requisitos y se indica el complemento general del puesto, el complemento específico, el Cuerpo al que está adscrito, y los méritos específicos.
2. La descripción de los puestos, las especificaciones derivadas de la naturaleza de la función encomendada y la relación de las principales tareas se encuentra descrita en la Orden de 22 de mayo de 2025, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Orden de 23 de mayo de 2025, por la que se aprueban las relaciones de puesto de trabajo en Andalucía, en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 1 de julio de 2025.
Segundo. Requisitos y condiciones de participación.
1. Podrán participar en esta convocatoria en exclusiva y por una sola vez:
Los funcionarios y funcionarias de carrera pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, destinados en los municipios de Roquetas de Mar, Arcos de la Frontera, Chiclana de la Frontera, La Línea de la Concepción, San Fernando, Sanlúcar de Barrameda, Santa Fe, Ayamonte, Palma del Condado, Linares, Estepona, Alcalá de Guadaíra, Dos Hermanas, Sanlúcar la Mayor y Utrera. en el que deban desempeñarse los puestos de trabajo ofertados que se encuentren en situación de servicio activo o en cualesquiera otra que comporte reserva de puesto de trabajo, y que reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantenga hasta la resolución definitiva del concurso.
2. No podrán participar en esta convocatoria:
a) Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria sin reserva de plaza.
b) Los suspensos en firme, mientras dure la suspensión.
c) Los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación referente al tiempo para concursar establecida en el artículo 46.1 del mismo.
Tercero. Bases y baremos de valoración.
1. El concurso específico constará de dos fases:
A) Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Se valorarán los servicios efectivos en el cuerpo en el que participa, otorgándose 2 puntos por cada año completo de servicios. Los meses computarán 0,166 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día. La puntuación máxima por antigüedad será de 60 puntos.
B) Segunda fase: Valoración de méritos específicos.
Se valorarán los méritos referidos a las características y contenido de los puestos de trabajo ofertados, de conformidad con el baremo que consta en el Anexo IV de esta convocatoria. La puntuación máxima será de 40.
2. La Secretaría General de Servicios Judiciales aportará de oficio la certificación de la antigüedad en el Cuerpo, así como la puntuación correspondiente, del personal funcionario que tengan destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Aquellas personas que no tuviesen destino dentro de dicho ámbito territorial deberán aportar certificación, expedida por el órgano competente, de la antigüedad acreditada.
3. Los méritos específicos para cada jefatura de cada partido judicial se recogen en el Anexo IV. El personal funcionario que tenga destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía, los acreditará con la Hoja de Acreditación de Datos de SIRHUS. Los méritos del concepto 161 (Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas judiciales), concepto 130 (Oficinas de depósito), concepto 131 (Oficinas de archivo) y concepto 133 (Oficinas de atención al público) se acreditarán mediante certificación de los responsables técnicos procesales de los centros de destino donde las personas aspirantes hayan realizado las funciones. El Anexo V recoge la tabla de códigos completa.
4. La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se referirá a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso.
5. La alegación de los méritos específicos no incluidos en la hoja de acreditación de datos y los del personal funcionario con destino fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía deberá realizarse en el modelo que figura como Anexo III de esta resolución, que acompañará a la solicitud. Dichos méritos deberán ser acreditados de manera documental mediante las correspondientes certificaciones, títulos, justificantes o cualquier otro medio documental.
6. La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración.
Cuarto. Solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso irán dirigidas a la Secretaría General de Servicios Judiciales y se ajustarán a los modelos publicados como Anexo II.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en el «Boletín Oficial del Estado». Si no se lograra la simultaneidad de publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
3. Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del siguiente enlace electrónico:
https://juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/servicios/procedimientos/detalle/10596.html
4. Las personas participantes podrán solicitar los puestos singularizados descritos en el Anexo I, siempre que reúnan los requisitos exigidos para esos puestos de trabajo.
5. Los participantes no podrán anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación.
6. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez transcurrido el período de presentación de instancias.
Quinto. Comisión de Valoración
Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los siguientes miembros:
Presidente:
Titular: Don Rafael Navarro Sánchez.
Suplente: Doña María Lería Peñafuerte.
Vocales:
Titulares:
(Secretaria) Doña Laura Fernández Laguna.
Don Antonio Enrique Miranda Rodríguez.
Doña Dolores González Sánchez.
Don Diego Díaz Benítez.
Don Aníbal Fernando Jiménez de Piñar.
Don Manuel Domínguez Bernal.
Suplentes:
(Secretaria) Doña Montserrat Hernández Lanot.
Doña Gemma María Pérez Sánchez.
Doña M.ª Paz de la Cruz Cruz.
Don José Luis Fernández Alaya.
Doña Guadalupe Nogales Flores.
Doña Verónica Gómez Teba.
La Secretaría de la Comisión se ejercerá por una de las Vocales, funcionarias de la Secretaría General de Servicios Judiciales.
Asistirán a la Comisión de Valoración con voz y sin voto un representante de UGT y de CC.OO.
La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de personal experto que, en calidad de asesores, actuarán con voz pero sin voto; tanto la solicitud como la designación de este personal experto han de constar por escrito en el expediente. Fuera de este supuesto, no podrán participar en la Comisión de Valoración más representantes que los indicados en los párrafos anteriores, sin perjuicio de que a dicha Comisión pueda asistir el personal de apoyo administrativo necesario.
Los miembros titulares de la Comisión, así como los suplentes deberán pertenecer a Cuerpos para cuyo ingreso se exija una titulación igual o superior a la requerida para los puestos convocados.
Las personas que formen parte de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Secretaría General de Servicios Judiciales, cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza la presidencia de la Comisión de Valoración deberá exigir a quienes compongan la misma declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso de provisión podrá recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse en la interpretación y aplicación de estas normas.
La Comisión de Valoración propondrá, para cada puesto de trabajo ofertado en el presente concurso, a la persona candidata que haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados finales de ambas fases y, en caso de empate, a aquel o aquella que cuente con mayor antigüedad en el Cuerpo.
Sexto. Adjudicación de puesto de trabajo.
Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declarase desiertos cuando existan concursantes que los hubieren solicitado, salvo en los supuestos en que, como consecuencia de una reestructuración o modificación de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, se hayan amortizado o modificado en sus características funcionales, orgánicas o retributivas.
Séptimo. Destinos.
1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables. No obstante, aquellos funcionarios o funcionarias que hubieran obtenido un puesto de trabajo por concurso específico podrán renunciar a este si antes de la fecha de toma de posesión hubieren obtenido otro destino mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de comunicación, deberá el funcionario o funcionaria tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados.
2. Si en la fecha de entrada en funcionamiento de la Oficina Judicial, no se hubiera adjudicado el concurso genérico ordinario, el personal funcionario afectado deberá tomar posesión del destino obtenido en el concurso específico.
Octavo. Resolución.
1. Los nombramientos deberán efectuarse en el plazo máximo de seis meses contados desde el día siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
2. La toma de posesión efectiva de dichos puestos no se producirá hasta la puesta en funcionamiento de la Oficina Judicial en los partidos judiciales a los que correspondan los centros de destino, prevista para el 1 de julio de 2025.
Noveno. Recursos
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de este orden, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la Secretaría General de Servicios Judiciales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
Sevilla, 2 de junio de 2025.- La Secretaria General, Rosalía de los Ángeles Espinosa López.
ANEXO IV
MÉRITOS ESPECÍFICOS A VALORAR
CONCURSO ESPECÍFICO OFICINA JUDICIAL
1. Partidos Judiciales de Roquetas de Mar, Chiclana de la Frontera, Ayamonte, Estepona, Dos Hermanas
Servicio Común de Tramitación
Jefatura de Equipo Gestión Procesal y Administrativa
Cuerpo de Gestión Procesal Procesal y Administrativa.
Funciones: Artículo 7.1.c) de la Orden de 22 de mayo de 2025, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Méritos a valorar: 111, 112, 121, 122, 128, 151, 161, 197.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en el orden jurisdiccional civil (concepto 121), en el orden jurisdiccional penal (concepto 122) o en Conciliaciones civiles (concepto 128). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en D.º Procesal Civil (concepto 111).
Conocimientos en D.º Procesal Penal (concepto 112).
Conocimientos de Violencia sobre la Mujer (concepto 197).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
Servicio Común General
JEFATURA DE EQUIPO GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Cuerpo de Gestión Procesal Procesal y Administrativa.
Méritos a valorar: 125, 133, 135, 141, 151, 161, 196.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en Registro y reparto (concepto 125), Atención al Público (concepto 133) o en Servicios comunes de notificaciones y embargos (concepto 135). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en Informática general (concepto 141).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
Conocimientos en Mediación (concepto 196).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
JEFATURA DE EQUIPO TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Méritos a valorar: 125, 133, 135, 141, 151, 161, 196.
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en Registro y reparto (concepto 125), Atención al Público (concepto 133) o en Servicios comunes de notificaciones y embargos (concepto 135) . Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en Informática general (concepto 141).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
Conocimientos en Mediación (concepto 196).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
JEFATURA DE EQUIPO AUXILIO JUDICIAL
Cuerpo de Auxilio Judicial.
Méritos a valorar: 125, 130, 131, 133, 135, 141, 151, 161, 196.
Funciones: Artículo 10.1.c) de la Orden de 22 de mayo de 2025, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en Registro y reparto (concepto 125), Oficina de Depósitos (concepto 130), Oficina de Archivos (concepto 131), Atención al Público (concepto 133) o en Servicios comunes de notificaciones y embargos (concepto 135). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en Informática general (concepto 141).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
Conocimientos en Mediación (concepto 196).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
Servicio Común de ejecución
JEFATURA DE EQUIPO GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Cuerpo de Gestión Procesal Procesal y Administrativa.
Méritos a valorar: 111, 112, 117, 121, 122, 127, 141, 151, 161.
Funciones: Artículo 13.1.c) de la Orden de 22 de mayo de 2025, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a)Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
- Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en orden jurisdiccional civil (concepto 121), en orden jurisdiccional penal (concepto 122) o experiencia de juzgados de familia (concepto 127). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en D.º Procesal Civil (concepto 111).
Conocimientos en D.º Procesal Penal (concepto 112).
Conocimientos de Familia (concepto 117).
Conocimientos en Informática general (concepto 141).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
2. Partidos Judiciales de Linares, La Línea de la Concepción y Sanlúcar la Mayor
Servicio Común de Tramitación
JEFATURA DE EQUIPO GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Cuerpo de Gestión Procesal Procesal y Administrativa.
Méritos a valorar: 111, 112, 121, 122, 128, 151, 161, 197.
Funciones: Artículo 7.1.c) de la Orden de 22 de mayo de 2025, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en el orden jurisdiccional civil (concepto 121), en el orden jurisdiccional penal (concepto 122) o en Conciliaciones civiles (concepto 128). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en D.º Procesal Civil (concepto 111).
Conocimientos en D.º Procesal Penal (concepto 112).
Conocimientos de gestión aplicaciones informáticas judiciales(concepto 151).
Conocimientos de Violencia sobre la Mujer (concepto 197).
Servicio Común General
Méritos específicos a valorar:
JEFATURA DE EQUIPO GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Cuerpo de Gestión Procesal Procesal y Administrativa.
Méritos a valorar: 125, 133, 135, 141, 151, 161, 196.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en Registro y reparto (concepto 125), Atención al Público (concepto 133) o en Servicios comunes de notificaciones y embargos (concepto 135). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en Informática general (concepto 141).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
Conocimientos en Mediación (concepto 196).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
JEFATURA DE EQUIPO TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Méritos a valorar: 125, 133, 135, 141, 151, 161, 196.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en Registro y reparto (concepto 125), Atención al Público (concepto 133) o en Servicios comunes de notificaciones y embargos (concepto 135). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en Informática general (concepto 141).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151)
Conocimientos en Mediación (concepto 196).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
JEFATURA DE EQUIPO AUXILIO JUDICIAL
Cuerpo de Auxilio Judicial.
Méritos a valorar: 125, 130, 131, 133, 135, 141, 151, 161.
Funciones: Artículo 7.1.c) de la Orden de 22 de mayo de 2025, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en Registro y reparto (concepto 125), Oficina de Depósitos (concepto 130), Oficina de Archivos (concepto 131), Atención al Público (concepto 133) o en Servicios comunes de notificaciones y embargos (concepto 135). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en Informática general (concepto 141).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
3. Partidos Judiciales de Arcos de la Frontera, San Fernando, Sanlúcar de Barrameda, Santa Fe, La Palma del Condado, Alcalá de Guadaíra y Utrera
Servicio Común de Tramitación
JEFATURA DE EQUIPO GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Cuerpo de Gestión Procesal Procesal y Administrativa.
Méritos a valorar: 111, 112, 121, 122, 125, 128, 133, 135, 151, 161, 196, 197.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en el orden jurisdiccional civil (concepto 121), en el orden jurisdiccional penal (concepto 122), en Registro y Reparto (concepto 125) o en Conciliaciones civiles (concepto 128), Atención al Público (concepto 133), Servicios comunes de notificaciones y embargos (concepto 135). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en D.º Procesal Civil (concepto 111).
Conocimientos en D.º Procesal Penal (concepto 112).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
Conocimientos en Mediación (concepto 196).
Conocimientos de Violencia sobre la Mujer (concepto 197).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
JEFATURA DE EQUIPO TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Méritos a valorar: 111, 112, 121, 122, 125, 128, 133, 135, 151, 161, 196, 197.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán, hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en el orden jurisdiccional civil (concepto 121), en el orden jurisdiccional penal (concepto 122), en Registro y Reparto (concepto 125) o en Conciliaciones civiles (concepto 128), Atención al Público (concepto 133), Servicios comunes de notificaciones y embargos (concepto 135). Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en D.º Procesal Civil (concepto 111).
Conocimientos en D.º Procesal Penal (concepto 112).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
Conocimientos en Mediación (concepto 196).
Conocimientos de Violencia sobre la Mujer (concepto 197).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
JEFATURA DE EQUIPO AUXILIO JUDICIAL
Cuerpo de Auxilio Judicial.
Méritos a valorar: 125, 130, 131, 133, 135, 141, 151, 161.
Funciones: Artículo 7.1.c) de la Orden de 22 de mayo de 2025, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Valoración:
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2 puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
B. Segunda fase: Valoración de méritos específicos. Se valorarán hasta un máximo de 40 puntos, de la forma siguiente:
1. Experiencia profesional obtenida en los últimos 15 años en el desempeño de puestos de contenido igual a las funciones del puesto solicitado, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a la siguiente distribución:
a) Experiencia en gestión de aplicaciones informáticas Judiciales (concepto 161). Hasta 10 puntos:
Por experiencia en gestión de la aplicación informática «Adriano», a razón de 0,667 puntos por año y 0,055 puntos por mes completo.
b) Experiencia en Registro y reparto (concepto 125), Oficina de Depósitos (concepto 130), Oficina de Archivos (concepto 131), Atención al Público (concepto 133) o en Servicios comunes de notificaciones y embargos (concepto 135) . Hasta 20 puntos, a razón de 1,333 puntos por año y 0,111 puntos por mes completo.
2. Conocimientos. Hasta 10 puntos.
Se valorarán los títulos, diplomas y certificaciones de cursos cuyos contenidos estén relacionados con las funciones de los cuerpos convocados, y que sean impartidos u homologados por organismos públicos competentes en formación de personal empleado público, las organizaciones sindicales dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los organizados por las Universidades. Sólo se valorarán los cursos en las materias siguientes:
Conocimientos en Informática general (concepto 141).
Conocimientos en gestión de aplicaciones informáticas judiciales (concepto 151).
a) Cursos de duración entre 10 y 15 horas: 0,50 puntos.
b) Cursos de 16 horas hasta 30 horas: 1 punto.
c) Cursos de más de 30 horas: 2 puntos.
Si los cursos son con aprovechamiento o superación de pruebas, la puntuación se verá incrementada en un 10%.
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