Anuncio de 18 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por el que se somete al trámite de información pública la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica de alta tensión que se cita. (PP. 747/2025).
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De acuerdo con lo indicado en el Título IX, de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y a los efectos previstos con lo establecido en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y al amparo del mencionado Cuerpo Legal, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y declaración en concreto de utilidad pública del proyecto de ejecución de «Nueva LMT y Centro DE Transformación en Interior para SSAA de Subestación «MIRABAL» en el término municipal de Jerez de la Frontera, cuyas características principales son las siguientes:
- Peticionario: Edistribución Redes Digitales S.L.U.
- Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 Jerez de la Frontera (Cádiz).
- Emplazamiento de la instalación: Pol.118, Par.79 «Quinienta».
- Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera.
- Finalidad de la instalación: Suministros SSAA.
Nueva LMT y Centro de Transformación en Interior para SSAA de Subestación «Miraval».
Coordenadas UTM29 - ETRS89.
Apoyo A143057 X:761699 Y:4065634 29.
Apoyo A143066 X:762078 Y:4064986 29.
- Se realizará la ejecución de una nueva LMT y CT en interior de edificio prefabricado para los SSAA de la nueva subestación.
- Se realizará la instalación de seccionadores SF6 en el apoyo A143063.
- Se realizará nueva canalización junto con arquetas del tipo A1 y A2 que discurrirá por terrizo.
Línea | Descripción | Origen | Final | Tipo | Tensión (kV) | Longitud (km) | Conductores | Apoyos |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 | Tramo 1 | Conversión A/S apoyo A143064 | Celda de línea 27 C.T. Nuevo | Subterránea | 15 | 0,35 | RH5Z1 18/30 KV 3x(1x240 mm2) Al | Metálicos en celosía |
2 | Tramo 2 | Conversión A/S apoyo A143064 | Celda de línea 37 C.T. Nuevo | Subterránea | 15 | 0,35 | RH5Z1 18/30 KV 3x(1x240 mm2) Al | Metálicos en celosía |
CT | Descripción | Emplazamiento | Tipo | Relación (V) | Composición | Potencia CT |
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1 | Centro de transformación | X: 762108 Y: 4065309 | INTERIOR PREFABRICADO AISLADO | 15.000/400 | 2L + 2P con aislamiento y corte en SF6 | TR1: 400 TR2: 400 |
Referencia: AT-15547/23.
Conforme a los artículos 158 y 159 del Real Decreto 155/2000, la servidumbre de paso aéreo y subterráneo de energía eléctrica comprenderá:
a) El vuelo sobre el predio sirviente.
b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los cables conductores de energía eléctrica e instalación de puestas a tierra de dichos postes, torres o apoyos fijos
c) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los conductores subterráneos.
d) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a medidas y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la servidumbre subterránea comprende la franja de terreno situada entre los dos conductores extremos de la instalación.
e) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de la línea eléctrica, y corte de arbolado si fuera necesario.
f) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en los párrafos anteriores.
Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de dicha ley.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, cuya relación se inserta al final de este anuncio, indicándose que el Proyecto de ejecución, podrá ser examinado en las dependencias del Servicio de Energía de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Cádiz, sita en calle Fernando el Católico 3, Edificio Junta de Andalucía, 11004 Cádiz y, en su caso, presentarse en dicho centro, las alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.
A estos efectos, en el anexo adjunto se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde podrá accederse a la documentación presentada para su examen, y por el mismo periodo a través del siguiente enlace buscando por el número de expediente: https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos de notificación previstos en el artículo 45 del antedicho Cuerpo legal.
Cádiz, 18 de marzo de 2025.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.
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