Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Almería y se emplaza a terceros interesados.
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Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Almería se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al procedimiento abreviado número 30/2024. El recurso contencioso administrativo ha sido interpuesto por doña María Dolores Murcia Álvarez con expediente número AT 2865 CPV 28/2010 y CPV 21/2021 (retasación) frente a la Resolución de fecha 19 de diciembre de 2023 de esta Delegación Territorial, sobre adopción de medidas de ejecución forzosa para el abono de justiprecio, debiendo realizarse los emplazamientos de los que figuren como interesados en el procedimiento.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,
RESUELVO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo en el procedimiento abreviado número 30/2024 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Almería. De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia del expediente precedida de un índice de los documentos que lo integran. Emplácese a cuantos aparecen como interesados en el expediente, a fin de que puedan personarse en el procedimiento como demandados en el plazo de 9 días ante el órgano jurisdiccional.
Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, emplazando a los posibles interesados para que, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, puedan comparecer y personarse en el plazo de 9 días ante el Juzgado en legal forma, mediante abogado y procurador, o sólo con abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Almería, 21 de mayo de 2025.- El Delegado, Guillermo Casquet Fernández.
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