Resolución de 2 de junio de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el recurso contencioso-administrativo que se cita.
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En fecha 2 de junio de 2025 se ha dictado por parte de la Directora Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, resolución por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el recurso contencioso-administrativo que se cita, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; se dispone la publicación de la mencionada resolución como anexo de la presente resolución.
ANEXO
En cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla en el procedimiento ordinario 143/2025, interpuesto por José Miguel Sabalete Sánchez contra la Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se declara la procedencia de la pérdida total del derecho de cobro del incentivo acogido a la Resolución de 26 de octubre de 2020, por la que se convocan para los años 2020 y 2021 los incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, (expediente núm. 451642), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Dirección Gerencia
RESUELVE
Primero. Remitir la copia del expediente administrativo núm. 451642 al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla.
Segundo. Emplazar a aquellas personas interesadas en el procedimiento ordinario 143/2025 y asimismo, ante la posible existencia de interesados que sean desconocidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.
Todo ello con el fin de que, si así lo estimaren conveniente a sus intereses, puedan comparecer y personarse en legal forma, en el plazo de los nueve días siguientes a la publicación de esta resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, a las personas emplazadas, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos y, si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.
Sevilla, 2 de junio de 2025.- La Directora Gerente, Natalia Silvia Márquez García.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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