Anuncio de 12 de mayo de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por el que se publica la Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan en el término municipal de Vélez Blanco (Almería).
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Por Resolución de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, de 22 de febrero de 2022, se aprueba técnicamente el «Proyecto de Construcción de Nueva EDAR de Vélez Blanco (Almería)» Clave: A6.304.1340/2111 y se autoriza asimismo la realización de cualquier trámite de información pública en relación al citado proyecto.
Segundo. El anuncio para sometimiento a información pública del proyecto referido ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (en adelante BOJA), en el número 48 del día 11 de marzo de 2022, en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería (en adelante BOP) el día 23 de marzo de 2022 y en el «Diario de Almería» en su edición del 29 de marzo de 2022, así como en el tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Blanco (Almería), desde el 4 de marzo de 2022 al 19 de abril de 2022. Igualmente el proyecto ha sido publicado en el Portal de Transparencia de esta Consejería, desde el 14 de marzo de 2022 al 26 de abril de 2022.
Durante el plazo establecido para el trámite de información pública no se han presentado alegaciones.
Tercero. Con fecha 11 de marzo de 2024 se dicta resolución de la Dirección General de Infraestructuras del Agua por la que se aprueba el expediente de información pública y aprueba el Proyecto de Construcción de Nueva EDAR de Vélez-Blanco (Almería) Clave: A6.304.1340/2111, con un presupuesto base de licitación de un millón cuatrocientos setenta y dos mil quinientos setenta y un euros con veintidós céntimos (1.472.571,22 €), y un plazo total de ejecución de 18 meses (12 meses de ejecución + 6 meses de puesta en marcha).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.d) del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, tienen la consideración de obras de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras de abastecimiento, potabilización, desalación y depuración que expresamente se declaren por el Consejo de Gobierno.
Así mismo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1.c) de la misma ley, se dicta «Acuerdo de 26 de octubre de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía las obras hidráulicas destinadas al cumplimiento del objetivo de la calidad de las aguas de Andalucía» por el que se declara de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, entre otras, «Adecuación y mejora de las EDAR de María, Vélez-Blanco y sus núcleos», denominadas como «Proyecto de Construcción de Nueva EDAR de Vélez Blanco (Almería)» Clave: A6.304.1340/2111.
Segundo. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía:
«La aprobación por la Consejería competente en materia de agua de los proyectos de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma supondrá, implícitamente, la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres, y se extenderán a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo definitivo de las obras y en las modificaciones de proyectos y obras complementarias o accesorias no segregables de la principal.»
Se considera, por tanto, de aplicación el procedimiento de expropiación de urgente ocupación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF) y los artículos 56 y siguientes del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (en adelante REF).
Tercero. De conformidad con el artículo único de la Orden de 14 de octubre de 2024 (BOJA núm. 203, de 17 de octubre de 2024), por la que se modifica la Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, corresponde a las personas titulares de los órganos directivos periféricos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
c) En materia de expropiación forzosa, acordar la necesidad de ocupar los bienes y adquirir los derechos indispensables para el fin de la expropiación, así como la tramitación y resolución de los procedimientos en todas sus fases, sin perjuicio de la coordinación de los mismos por los órganos directivos centrales en sus respectivos ámbitos sectoriales.
Cuarto. La presente resolución de convocatoria de levantamiento de actas previas a la urgente ocupación será expuesta en el tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Blanco (Almería), se publicará en el BOJA, así como en el BOP de Almería. Así mismo, la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería tramitará el anuncio de la presente resolución en prensa según lo previsto en el apartado 2 del artículo 52 de la LEF.
Quinto. La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante citación individual, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 52 de la LEF.
Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren afectados, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la Delegación Territorial de Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, domiciliada en la calle Canónigo Molina Alonso, núm. 8, de la ciudad de Almería, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias citadas.
Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien por medio de representante, circunstancia que podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, incluido poder notarial, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación acreditativa de su titularidad (aportando nota simple informativa o certificado del Registro de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo del impuesto de bienes inmuebles del último año y cualquier otro que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse acompañar a su costa de peritos y notario. En caso de incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la LEF.
Séptimo. Con posterioridad al acto de levantamiento de actas previas a la ocupación, a la vista de las actas previas de ocupación y de los documentos que obren o se aporten al expediente, se formularán las hojas de depósitos previos a la ocupación e indemnizaciones por la rapidez de la ocupación, procediéndose a su abono o consignación en la Caja General de Depósitos de la Tesorería General de la Junta de Andalucía (encuadrada en el Servicio Provincial de Tesorería de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en Almería). El abono o consignación de los mismos se realizará a cuenta del justiprecio final y una vez efectuado el mismo se procederá a la inmediata ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52 de la LEF.
A la vista de los antecedentes expuestos y de la documentación que figura en el expediente, esta Delegación Territorial, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo único de la Orden de 14 de Octubre de 2024, por la que se modifica la Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
RESUELVE
Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgente ocupación para la obtención de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras correspondientes al «Proyecto de Construcción de Nueva Edar de Vélez-Blanco (Almería)» Clave: A6.304.1340/2111, según el anejo de esta resolución, en el que se incluyen la relación de personas interesadas, bienes y derechos afectados por la expropiación, siendo beneficiario final de la expropiación el propio Ayuntamiento de Vélez-Blanco (Almería).
Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran en la relación incluida en el anejo de esta resolución, para que comparezcan en las dependencias del Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Blanco, Almería, el día y a la hora que figuran en la misma, al objeto de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por las obras mencionadas, todo ello sin perjuicio de que los intervinientes se puedan trasladar posteriormente, si fuese necesario, a la finca que se trata de ocupar, según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 52 de la LEF.
Tercero. La publicación se practica en el BOJA a los efectos previstos en el artículo 52.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa, y, adicionalmente, de manera previa y complementaria a la publicación en el Boletín Oficial del Estado para los interesados en el procedimiento que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación así como para los que la notificación personal resulte infructuosa atendiendo a lo regulado en el artículo 41.1 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Notifíquese la presente resolución a las personas interesadas en legal forma, con indicación de que contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Almería, 12 de mayo de 2025.- El Delegado, Antonio Bartolomé Mena Rubio.
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