Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se da publicidad a la aprobación del Plan anual de control de la condicionalidad reforzada en Andalucía 2025 y siguientes.
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El artículo 18 de la Orden de 2 de mayo de 2023, por la que se establecen las bases para la aplicación de un sistema de control de la condicionalidad reforzada en Andalucía que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común, que reciban pagos directos y determinados pagos anuales de desarrollo rural, establece que el Plan anual de control de la condicionalidad reforzada en Andalucía se elaborará por el Organismo Especializado de Control, y será aprobado conjuntamente por el Organismo Especializado de Control y los otros órganos competentes correspondientes indicados en el artículo 4 de la citada orden. Asimismo, señala que, una vez aprobado, la Dirección General competente en materia de producción agrícola y ganadera publicará una resolución en el BOJA informando de que dicho plan ha sido aprobado y que estará disponible en el portal de internet de la Junta de Andalucía.
Asimismo, el apartado 3 del artículo 5 de la citada Orden de 2 de mayo de 2023, establece que, anualmente, mediante resolución publicada en el BOJA de la persona titular de la Dirección General que tenga atribuidas las competencias en materia de producción agrícola y ganadera, se informará de la aprobación del Plan anual de control de la condicionalidad reforzada en Andalucía, al que se hace referencia en el artículo 18 de esta orden, así como de su disponibilidad de forma permanente en el portal de internet de la Junta de Andalucía.
Por lo expuesto, y en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la legislación vigente,
RESUELVO
Primero. Informar que con fecha 31 de marzo de 2025, se aprobó el Plan anual de control de la condicionalidad reforzada en Andalucía 2025 y siguientes.
Segundo. Publicar el Plan anual de control de la condicionalidad reforzada en Andalucía 2025 y siguientes, que estará disponible en el portal de internet de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección:
http://www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/agricultura/condicionalidad.html
Tercero. La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de abril de 2025.- El Director General, Daniel Quesada Sánchez.
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