Acuerdo de 18 de marzo de 2025, de la Secretaría General para el Turismo, por el que se declara la ampliación del plazo del período de información pública del Anteproyecto de Ley del Turismo Sostenible de Andalucía.

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Mediante Acuerdo del Consejero de Turismo y Andalucía Exterior, de fecha 6 de febrero de 2025, se inició la tramitación del Anteproyecto de Ley del Turismo Sostenible de Andalucía.

Considerándose que el contenido de dicho anteproyecto de ley afecta a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 40, de 27 de febrero de 2025, la Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Secretaría General para el Turismo, por la que se somete a información pública el Anteproyecto de Ley del Turismo Sostenible de Andalucía, otorgando un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el boletín oficial.

No obstante, la entidad y extensión del citado texto, así como la gran cantidad de personas y entidades que pueden verse afectadas, aconsejan la ampliación del plazo de información pública otorgado.

En este sentido, de conformidad con el artículo 32 de la La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros. Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate.

A tenor de lo anteriormente expuesto, en interés de promover la mayor participación, difusión y publicidad del Anteproyecto de Ley del Turismo Sostenible de Andalucía,

ACUERDO

Primero. La ampliación de plazo, de oficio, del periodo de información pública establecido en la Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Secretaría General para el Turismo, por la que se somete a información pública el Anteproyecto de Ley del Turismo Sostenible de Andalucía, por un plazo de 7 días hábiles, ampliándose dicho plazo hasta el 1 de abril de 2025, inclusive.

Segundo. Durante la ampliación del periodo de información pública, el texto del citado anteproyecto continuará expuesto para su general conocimiento en la página web de la Junta de Andalucía, en el enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/565921.html

Tercero. Las alegaciones que se consideren oportunas se podrán formular mediante escrito dirigido a la Dirección General de Ordenación Turística y se presentarán en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la dirección de correo electrónico: turismo.sostenible.ctae@juntadeandalucia.es.

Contra este acuerdo no cabe recurso alguno de conformidad con el articulo 32.3 de la La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 18 de marzo de 2025.- La Secretaria General, Yolanda de Aguilar Rosell.

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