Extracto de la Orden de 27 de enero de 2025, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2025 de subvenciones correspondientes a la Intervención sobre el desarrollo rural, relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613), correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027.
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BDNS (Identif): 811218.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones previstas en la Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a la Intervención sobre el desarrollo rural, relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613), correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027, que se citan a continuación:
Intervención 6613. Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, en la que son objeto de convocatoria las siguientes operaciones:
6613.1. Pagos compensatorios por zonas de montaña.
6613.2. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones naturales significativas.
6613.3. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones específicas.
2. Se indican a continuación los créditos presupuestarios con cargo a los cuales se financia la presente convocatoria:
Intervención | Operación | Ejercicio | Posición presupuestaria | Dotación |
---|---|---|---|---|
6613. Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas | 6613.1. Pagos compensatorios por zonas de montaña | 2025 | 1200110000/G/71F/77400/C4661301A4 2023000274 | 9.534.739,00 |
6613.2. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones naturales significativas | 2025 | 1200110000/G/71F/77400/C4661302A4 2023000275 | 3.801.391,00 | |
6613.3. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones específicas | 2025 | 1200110000/G/71F/77400/C4661303A4 2023000276 | 663.870,00 |
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convocan mediante la presente orden aquellos agricultores que presenten una solicitud en los plazos indicados y cumplan los requisitos establecidos en sus correspondientes bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
Convocar para el año 2025 las ayudas a la Intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas que se cita en el apartado primero.
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a la Intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
Quinto. Importe.
La dotación de cada una de las líneas se hace en el cuadro del apartado primero del presente extracto. El importe máximo por beneficiario será el obtenido como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden 28 de marzo de 2023. El importe del crédito presupuestario para la convocatoria 2025 asciende a 14.000.000,00 de euros para las operaciones correspondientes a la Intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las citadas ayudas se solicitarán a través de la solicitud única de ayudas, y el plazo de presentación se abrirá el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de 2025, sin perjuicio de las modificaciones que pudieran establecerse en la normativa básica en función de las circunstancias de la campaña, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 108 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
Séptimo. Otros datos.
El acceso a las solicitudes para su presentación, la normativa de aplicación y demás datos necesarios que afectan a la presente convocatoria pueden consultarse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía en la dirección
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25232.html
En Sevilla, a 28 de enero de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por autorización, la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, Consolación Vera Sánchez.
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