Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, sobre el sometimiento al trámite de información pública del proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 25 de mayo de 2020, que regula la actividad de marisqueo a pie profesional en el litoral de la Comunidad Autónoma Andaluza, con el fin de ampliar la regulación de esta actividad a la provincia de Sevilla.

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El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros, por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

De acuerdo con el artículo 45 bis 2.b) de la misma ley, cuando el titular de la Consejería a la que corresponda la iniciativa normativa acuerde la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación del proyecto de norma, el plazo previsto para la realización del trámite de información pública será de 7 días hábiles.

El 27 de diciembre de 2024, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, inicia el procedimiento para la elaboración de la Orden por la que se modifica la Orden de 25 de mayo de 2020 que regula la actividad de marisqueo a pie profesional en el litoral de la Comunidad Autónoma Andaluza, con el fin de ampliar la regulación de esta actividad a la provincia de Sevilla.

El presente proyecto normativo tiene por objeto permitir el desarrollo de la actividad profesional de marisqueo a pie de forma reglada no sólo en las provincias de Huelva y Cádiz, actualmente contempladas en la misma, sino también en la provincia de Sevilla. Se trata, por un lado, de conservar y mantener una actividad económica asociada a la captura y comercialización del camarón de acequias (Palaemonetes varians) que ya se venía realizando en el entorno con anterioridad y que a su vez aporta beneficios sociales y de empleo en la zona. Y por otro, de contribuir al control de la especie invasora cangrejo azul americano (Callinectes sapidus), cuya expansión puede poner en riesgo el equilibrio del ecosistema, así como dificultar actividades como la pesca y la acuicultura tradicionales de la zona. Y al mismo tiempo, en ambos casos mantener el equilibrio ecológico cuya alteración podría resultar muy perjudicial no sólo para la conservación del ecosistema estuárico de las marismas del río Guadalquivir, sino que podría poner en peligro actividades como la pesca y la acuicultura tradicionales de la zona.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) y en el artículo 45 bis 2.b) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de Orden por la que se modifica la Orden de 25 de mayo de 2020, que regula la actividad de marisqueo a pie profesional en el litoral de la Comunidad Autónoma Andaluza, con el fin de ampliar la regulación de esta actividad a la provincia de Sevilla, durante un plazo de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/553357.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar:

a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos deberán presentar sus escritos en formato electrónico a la dirección de correo electrónica:

dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es

Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico Único en la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquiera otra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sevilla, 14 de enero de 2025.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.

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