Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se suprime la actual Sede Electrónica y crea la nueva Sede Electrónica de la Universidad de Huelva.

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El Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva aprobó en sesión de 18 de mayo de 2018 el Reglamento de Creación y Funcionamiento de la Sede Electrónica, al amparo del artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sin embargo, desde la entrada en vigor de la norma se han sucedido numerosos cambios tecnológicos y normativos que plantean la conveniencia de mejorar la forma en que se organiza la sede electrónica de la Universidad y la tecnología que subyace. En este sentido, resulta oportuno revisar los procedimientos administrativos, buscando su simplificación, en el paso que conlleva su gestión por un nuevo motor de tramitación, a fin de favorecer una gestión más eficiente y eficaz de la Institución en la prestación del servicio de educación superior.

Este proceso implica proceder a la supresión de la sede electrónica vigente, articulando seguidamente una nueva sede electrónica, de acuerdo con la regulación jurídica que resulta de aplicación.

En este sentido, el mencionado artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece las normas básicas sobre la sede electrónica de las entidades del sector público, desarrolladas reglamentariamente por los artículos 9 a 12 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, de aplicación a las Universidades públicas, en tanto entidades integrantes del sector público, en tanto en cuanto no se establezcan previsiones específicas distintas en su normativa propia.

Al respecto, el artículo 9.2 del Real Decreto 203/2021 concreta los requisitos que deben cumplirse en supuestos de creación o supresión de la sede electrónica. En particular, por un lado, dispone que «el acto o resolución de creación o supresión de una sede electrónica o sede electrónica asociada será publicado en el boletín oficial que corresponda en función de cuál sea la Administración Pública titular de la sede o sede asociada y también en el directorio del Punto de Acceso General Electrónico que corresponda».

Por otro, el precepto señala que «el acto o resolución de creación determinará, al menos:

a) El ámbito de aplicación de la sede electrónica o sede electrónica asociada.

b) La identificación de la dirección electrónica de referencia de la sede electrónica (...)

c) La identificación de su titular.

d) La identificación del órgano u órganos encargados de la gestión y de los servicios

puestos a disposición en la misma».

De conformidad con todo lo anterior, en atención a las competencias que le atribuyen el artículo 31.s) del Decreto 232/2011, de 12 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Huelva, modificado por el Decreto 35/2018, de 6 de febrero, este Rectorado

RESUELVE

Primero. Suprimir la actual sede electrónica de la Universidad de Huelva, ubicada en la siguiente dirección electrónica: https://sede.uhu.es/ cuyos contenidos pasan a integrarse en la nueva sede electrónica que a continuación se crea.

Segundo. Proceder a la creación de la nueva sede electrónica de la Universidad de Huelva, a la que corresponde su titularidad, garantizando la veracidad, la integridad y la actualización de la información y de los servicios a los que se acceda a través de esta. La sede electrónica se ubica en la siguiente dirección electrónica: https://sede.upo.es/ la cual será accesible a través de la página web institucional de la Universidad (www.uhu.es), que constituye el punto de acceso general electrónico de la misma.

Tercero. Determinar el ámbito de aplicación de la sede electrónica de la Universidad de Huelva, que será el de todos sus órganos y en todas las actuaciones y trámites referidos a procedimientos o a servicios que requieran la identificación de la Universidad como Administración Pública y, en su caso, la identificación o firma electrónica de las personas interesadas, tanto miembros de la comunidad universitarias como el resto de la ciudadanía que se relacione con esta, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios.

Cuarto. La gestión y administración corresponde a la Secretaría General y al Vicerrectorado competente en materia de digitalización de la Universidad de Huelva. A tal fin, establecerán las medidas oportunas para la gestión tecnológica, administración material y mantenimiento de la sede electrónica, así como para la actualización de los contenidos y de la información de los trámites administrativos telemáticos y la publicación electrónica de actos y comunicaciones, dictando las correspondientes instrucciones dirigidas a las unidades administrativas responsables de la prestación de servicios y trámites telemáticos que en cada caso sean competentes.

Quinto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, produciendo efectos a partir del día siguiente de dicha publicación, así como en la página web de la Universidad de Huelva.

Huelva, 5 de diciembre de 2024.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

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