Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la extinción de la Fundación Neurobase.

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Visto el expediente de extinción y liquidación de la Fundación Neurobase, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 26 de junio de 2023 se recibe escrito por el que se solicita la ratificación del Protectorado de la extinción y liquidación simultáneas de la fundación, acordada por su Patronato en reunión celebrada el día 13 de abril de 2023.

Segundo. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación:

- Certificación de fecha 2 de enero de 2024, expedida por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, acreditativa del acuerdo de extinción adoptado por el Patronato en sesión celebrada el 13 de abril de 2023, conteniendo la misma, entre otros extremos, mención expresa sobre el destino del remanente por importe de siete mil quinientos euros (7.500,00 euros) resultante de la liquidación, quedando los mismos a favor de la entidad no lucrativa «Asociación Impulsa Neurorrehabilitación».

- Memoria justificativa de la concurrencia de la causa de extinción específica, fundamentándola en la imposibilidad de realización del fin fundacional justificando, además, la improcedencia o la imposibilidad de modificar los estatutos o de llevar a cabo un proceso de fusión, así como la conveniencia de solicitar simultáneamente la ratificación de la liquidación.

- Cuentas de la entidad en la fecha que se adoptó el acuerdo de extinción, esto es fecha 13 de abril de 2023.

Tercero. Consta en el expediente la ratificación del Protectorado de Fundaciones de Andalucía al acuerdo de extinción y liquidación de la Fundación Neurobase, mediante Resolución de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación dictada a fecha de esta resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía aprobado mediante Decreto 32/2008, de 5 de febrero; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones  de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el artículo 35 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente la comunicación de la extinción acordada por el Patronato de la Fundación al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

R E S U E L V E

Primero. Inscribir la extinción de la Fundación Neurobase, adoptada por su Patronato en sesión celebrada el día 13 de abril de 2023 y ratificado en sesión celebrada el día 2 de enero de 2024.

Segundo. Ordenar la inscripción de la liquidación de la fundación con sujeción a lo previsto por el artículo 40 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, quedando adjudicado el remanente de bienes a la entidad no lucrativa «Asociación Impulsa Neurorrehabilitación».

Tercero. Cancelar los asientos de la fundación extinguida en el Registro de Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación Neurobase.

Cuarto. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

Sevilla, 23 de septiembre de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

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