Resolución de 20 de septiembre de 2024, de Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se depositan los estatutos de las Asociación Empresarial que se cita.
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Resolución de fecha 20 de septiembre de 2024, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia la constitución de la asociación empresarial denominada Asociación de Doblaje y Sonorización de Andalucía en siglas ADSA con número de depósito 71100271.
Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (BOE de 4 de abril de 1977), y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por don Diego Ribera Sanchís mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2024/000396.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 17.9.2024 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 19.9.2024.
Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por don Daniel Casanova Varo, doña Sara Bienvenida Santaella Nieto, en representación de Arte Sonora Estudios, S.L., y doña Eva María Suárez Rodríguez en representación de Recording Words, S.L., todos ellos en calidad de promotores.
Se indica que el domicilio de la organización se fija en la calle Astronomía, 1, torre 3, planta 9, módulo 12-13, 41015, Sevilla. Su ámbito territorial es autonómico y el funcional es empresarial.
En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General
acuerda
1. Admitir el depósito de la constitución de la asociación empresarial denominada Asociación de Doblaje y Sonorización de Andalucía, en siglas ADSA, con número de depósito 71100271.
2. Ordenar la publicación de esta resolución en BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo, del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre deposito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el titular de la Secretaría General del CARL, o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre de 2011).
Sevilla, 20 de septiembre de 2024.- El Secretario General, Eduardo Fernando Candau Camacho.
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