Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se modifica la Resolución de 29 de agosto de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se delegan en la Secretaría General de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, para la campaña 2023 y siguientes, las competencias del control sobre el terreno del cumplimiento de requisitos, compromisos, línea base (control sobre el terreno sobre parcelas y control sobre el terreno sobre documentación), y conteo de efectivos ganaderos de expedientes controlados por monitorización de determinados regímenes de ayuda comunitarios de desarrollo rural asimilados al SIGC, y el control de campo aplicable a los regímenes de ayudas ganaderas incluidos en el SIGC de las ayudas directas de la PAC, a favor de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, dejando sin efecto la Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
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La Resolución de 29 de agosto de 2023, de la Dirección General de Fondos Agrarios, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 172, de 7.9.2023, dispone la delegación de las competencias del control sobre el terreno del cumplimiento de requisitos, compromisos, línea base (control sobre el terreno sobre parcelas y control sobre el terreno sobre documentación), y conteo de efectivos ganaderos de expedientes controlados por monitorización de determinados regímenes de ayuda comunitarios de desarrollo rural asimilados al SIGC, y el control de campo aplicable a los regímenes de ayudas ganaderas incluidos en el SIGC de las ayudas directas de la PAC, a favor de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
La citada resolución, tras corrección de errores de la misma publicada en BOJA núm. 237, de fecha de 13 de diciembre de 2023, dispone en el apartado primero de su Resuelvo Segundo, la delegación a favor de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, para la Campaña 2023 y siguientes, de los controles sobre el terreno y controles de cumplimiento de requisitos no monotorizables de expedientes controlados por monitorización.
Teniendo en cuenta que para la Campaña 2024 y siguientes se delegarán nuevas competencias, se hace necesario añadir un Resuelvo Segundo Bis donde se recoja el nuevo ámbito de actuación.
En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 13 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
RESUELVO
Primero. Añadir Resuelvo Segundo Bis.
El Resuelvo Segundo Bis de la Resolución de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se modifica la Resolución de 29 de agosto de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se delegan en la Secretaría General de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, para la campaña 2023 y siguientes, las competencias del control sobre el terreno del cumplimiento de requisitos, compromisos, línea base (control sobre el terreno sobre parcelas y control sobre el terreno sobre documentación), y conteo de efectivos ganaderos de expedientes controlados por monitorización de determinados regímenes de ayuda comunitarios de desarrollo rural asimilados al SIGC, y el control de campo aplicable a los regímenes de ayudas ganaderas incluidos en el SIGC de las ayudas directas de la PAC, a favor de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, queda redactado como sigue:
«Delegar en la Secretaria General de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, para la campaña 2024 y siguientes, además de las previstas en el Resuelvo Segundo, las siguientes competencia en la ejecución de:
1. Los controles sobre el cumplimiento de requisitos no monitorizables de expedientes controlados por monitorización de las siguientes intervenciones establecidas en virtud del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC) e incluidas en el SIGC:
A. Intervención 6613. Zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.
a). 6613.1. Pago compensatorio por zonas montañosas. Convocatoria 2024.
b). 6613.2. Pago compensatorio por otras zonas con limitaciones naturales significativas. Convocatoria 2024.
c). 6613.3. Pago compensatorio por otras zonas con limitaciones específicas. Convocatoria 2024.
B. Regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal.
a). Ecorrégimen de agricultura de carbono y agroecológia: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos húmedos en la práctica del pastoreo extensivo.
b). Ecorrégimen de agricultura de carbono y agroecológia: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos mediterráneos en la práctica del pastoreo extensivo.
2. Los controles sobre el terreno del cumplimiento de las condiciones admisibilidad, requisitos, compromisos y línea base (control sobre el terreno sobre parcelas y control sobre el terreno sobre documentación) de las siguientes operaciones de las Medidas 10 (Agroambiente y Clima) establecidas en virtud del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014/2020 e incluidas en el SIGC: 10.1.13 Mantenimiento de Sistemas Tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes.»
Segundo. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de agosto de 2024.- La Directora General, Raquel María Espín Crespo.
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