Decreto 118/2024, de 18 de junio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

El Decreto 6/2024, de 8 de enero, por el que se modifica el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, suprime la Dirección General de Dependencia, creando de forma simultánea la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones.

Por otro lado, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por Decreto 300/2022, de 30 de agosto, recoge en su disposición adicional tercera la creación de las Delegaciones Territoriales de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

Con la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, como consecuencia del volumen de personal adscrito y la complejidad de la gestión de los múltiples y diversos centros dependientes, se crea, en el ámbito de la Secretaría General Técnica, una unidad administrativa de administración general y racionalización de recursos y, en el ámbito de la organización territorial provincial, las unidades administrativas de planificación y racionalización de recursos.

Asimismo, en la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Málaga, se refuerza el área de gestión de personal con una sección de personal que resultaba necesaria tras la anterior adecuación orgánica aprobada en la relación de puestos de trabajo.

Por otro lado, se crea el puesto de trabajo de secretaría en la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones, y se adscribe a la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad el puesto de trabajo de secretaría de la suprimida Dirección General de Dependencia.

De igual forma, se crea un puesto de trabajo con contenido funcional de gestión económica y presupuestaria en el área de planificación de la Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada, mediante la supresión de un puesto cuyo contenido ya no resulta adecuado.

Por último, se modifica, debido a las funciones atribuidas, el contenido funcional de los puestos de trabajo vacantes correspondientes a las unidades administrativas de acción e inserción social y de gestión de servicios sociales de las Delegaciones Territoriales y se establece la modificación automática de las áreas funcionales de aquellos puestos que se encuentran actualmente ocupados, una vez que queden vacantes y sin ocupación.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo, consistente en la creación de once puestos de trabajo dotados, que se realiza a instancia de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de junio de 2024,

D I S P O N G O

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, queda modificada en los términos indicados en el anexo.

Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, se amplía en once puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.

Artículo 3. Modificación automática del contenido funcional de los puestos de trabajo de las unidades administrativas de acción e inserción social y de gestión de servicios sociales de las delegaciones territoriales.

Los puestos de trabajo «servicio de acción e inserción social» y «servicio de gestión de servicios sociales» de las Delegaciones Territoriales, una vez que queden vacantes y sin ocupación, se adscribirán exclusivamente al área funcional de administración pública.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de junio de 2024

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública

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