Resolución de 6 de junio de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se nombran Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, para ocupar plaza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 17 de mayo de 2024, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 128, de 27 de mayo, se resuelve el concurso ordinario núm. 318 para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes, convocado por Resolución de 12 de abril de 2024, BOE núm. 98, de 22 de abril, y se dispone su comunicación a las Comunidades Autónomas al objeto de que, por el órgano competente de las mismas, se proceda al nombramiento de los Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que deban ocupar plazas situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma respectiva y ordenen su publicación en sus respectivos boletines oficiales.

La competencia para el nombramiento de las personas titulares de los Registros de la Propiedad y Mercantiles corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1.d) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

En su virtud, considerando lo dispuesto en los artículos 513 y siguientes del Reglamento Hipotecario y de acuerdo con las facultades atribuidas, esta Secretaría General de Servicios Judiciales resuelve:

Primero. Nombrar a los Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que en el anexo se relacionan, para ocupar plaza en esta Comunidad Autónoma.

Segundo. Trasladar los nombramientos a las personas interesadas, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 6 de junio de 2024.- La Secretaria General, Rosalía de los Ángeles Espinosa López.

ANEXO
PROVINCIA REGISTRO VACANTE REGISTRADOR/A ADJUDICATARIO/A Núm. Escalafón Categoría Resulta
1 Granada Granada núm. 7 Fernández Fernández, Nicolás Antonio 470 4.ª
La Zubia 2 Sevilla Sevilla núm. 13 Matas Bendito, Manuel 880 4.ª
Zaragoza, núm. 15 3 Sevilla Sevilla núm. 4 Cosano Arjona, Lourdes 1031 4.ª
Xirivella 4 Jaén Huelma Sánchez-Moreno Babiano, Laura 1142 4.ª
Cangas del Narcea-Tineo

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