Extracto de la Orden de 29 de abril de 2024, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, en relación con la parada temporal de la actividad pesquera de las personas mariscadoras dedicadas a la captura de las especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina (Anemonia viridis), como consecuencia del cierre de dichas pesquerías en el litoral mediterráneo de Andalucía, debido a la situación crítica de sus poblaciones y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopteryx okamurae, acordada en la Orden de 17 de octubre de 2023.

BDNS (Identif): 758078

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2024, las ayudas por la parada temporal de la actividad pesquera de las personas mariscadoras dedicadas a la captura de las especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina (Anemonia viridis), como consecuencia del cierre de dichas pesquerías en el litoral mediterráneo de Andalucía, debido a la situación crítica de sus poblaciones y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopteryx okamurae, acordada en la Orden de 17 de octubre de 2023, al amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Línea de ayuda Partidas presupuestarias Cuantía máxima (euros)
Ayudas por la parada temporal de la actividad pesquera de las personas mariscadoras dedicadas a la captura de las especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina (Anemonia viridis), como consecuencia del cierre de dichas pesquerías en el litoral mediterráneo de Andalucía, debido a la situación crítica de sus poblaciones y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopteryx okamurae, acordada en la Orden de 17 de octubre de 2023. 1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6 36.000,00
TOTAL DISPONIBLE 2024 36.000,00

2. El periodo de paralización temporal de la actividad pesquera para la captura de las especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina (Anemonia viridis) en el litoral mediterráneo de Andalucía comprende desde el 25 de octubre de 2023, fecha en la que se produce el cierre de estas pesquerías en todo el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y hasta la fecha en la que la Consejería competente en materia de pesca dicte la correspondiente orden de apertura.

3. El periodo computable para acceder a estas ayudas será desde el 25 de octubre de 2023, fecha de cierre de estas pesquerías en todo el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía y hasta el 6 de marzo de 2024, ambos inclusive.

4. Los días subvencionables serán los días hábiles de pesca que se contabilicen dentro del periodo computable sumando un total de 90 días.

5. El importe de la ayuda se calculará en la forma establecida en el apartado 4 del artículo 8 de la Orden de 2 de septiembre de 2022.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas mariscadoras que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 7.5 de la Orden de 2 de septiembre de 2022.

Tercero. Objeto.

El objeto es la convocatoria de ayudas, para el año 2024, por la paralización temporal de la actividad pesquera de las personas mariscadoras dedicadas a la captura de las especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina (Anemonia viridis), como consecuencia del cierre de dichas pesquerías en el litoral mediterráneo de Andalucía, debido a la situación crítica de sus poblaciones y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopteryx okamurae, acordada en la Orden de 17 de octubre de 2023, al amparo de lo establecido en el artículo 21.2.a) del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de septiembre 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 8 de septiembre de 2022, núm. 173.

Quinto. Cuantía.

La dotación presupuestaria de la parada temporal se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25556.html

Sevilla, 29 de abril de 2024.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la Consejera (Orden de 21.11.2022), Consolación Vera Sánchez.

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