Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 8151/2024).

Expte. núm. 14.226/AT. E-5062.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 8 de abril de 2021, E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., CIF B82846817 y domicilio a efectos de notificaciones en C/ Escudo del Carmen, núm. 31, 18009 Granada, solicitó la autorización administrativa previa y de construcción del proyecto denominado «Cierre de línea media tensión línea "Calahorra" Subestación "Aldeire", con línea "Charches" subestación "Guadix", entre el apoyo A603924 y el CT 101377 "Fot.Cno.Disco_2", sito en los parajes Las Mascujas, t.m. de La Calahorra y Cañada Matamoros, t.m. de Valle del Zalabí (Granada)».

Junto a su solicitud, el peticionario aporta entre otros, proyecto de la instalación y relación de Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por la instalación, adjuntando las respectivas separatas del proyecto para su remisión a los mismos.

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 222, de 20.11.2023, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 215, de 13.11.2023, y publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía para que en el plazo de treinta días se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.

Tercero. Durante el período de información pública no se han presentado escritos de alegaciones.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Servicio de Carreteras de la Excma. Diputación Provincial de Granada, Excelentísimo Ayuntamiento de Valle de Zalabí y Excelentísimo Ayuntamiento de La Calahorra. Consta en el expediente la conformidad del promotor ante los condicionados expresados por los citados organismos.

Quinto. El 14 de noviembre de 2023 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo Vinculante, de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, de fecha 10 de noviembre de 2023, con núm. expediente AAU/GR/020/22, por el que se otorga autorización ambiental unificada a E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., para las actuaciones contempladas en el Proyecto «Cierre de LMT línea "Calahorra" subestación "Aldeire" con línea "Charches" subestación "Guadix" entre el apoyo A603924 y el CT 101377 "Fot.Cno.Disco_2", sito en los parajes Las Mascujas, t.m. de La Calahorra y Cañada Matamoros, t.m. de Valle del Zalabí (Granada)», y se emite evaluación de impacto ambiental Viable a la realización de las actuaciones, concluyendo que no producirán impactos adversos significativos en el medio ambiente, siempre y cuando se realicen en las condiciones señaladas en dicho informe.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de 11 marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulada en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.

Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las instalaciones de generación de energía tendrán la consideración de actuaciones de utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que se cita.

La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:

Peticionario: E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., con CIF núm. B82846817 y domicilio social en la calle Escudo del Carmen, núm. 31, de Granada.

Objeto de la petición: Autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación denominada «Cierre de línea media tensión línea "Calahorra" subestación "Aldeire", con línea "Charches" subestación "Guadix", entre el apoyo A603924 y el CT 101377 "Fot.Cno.Disco_2", sito en los parajes Las Mascujas, t.m. de La Calahorra y Cañada Matamoros, t.m. de Valle del Zalabí (Granada)».

Características:

Cierre de líneas existentes con nueva línea aérea de media tensión y línea subterránea de media tensión 20 kV, con:

• Desmontaje de 156 m de tendido existente con conductor LA-56.

• Tendido de 3.459 m de circuito conductor 47AL1/8-ST1A (antes LA-56).

• Desmontaje de 1 apoyo metálico existente.

• Instalación de 23 nuevos apoyos tipo celosía metálica galvanizada.

• Instalación de 3 conjuntos de seccionadores unipolares.

• Instalación de 1 paso de aéreo a subterráneo.

• Adopción de medidas antielectrocución para protección de avifauna.

• Realización de 155 m de nueva canalización en tierra, 2T Ø200mm PE con arquetas A1.

• Tendido de 180 m de circuito conductor RH5Z1 18/30 kV 3x150 K Al + H16.

Características principales L.A.M.T.

Conductor: 47AL1/8-ST1A (antiguo LA-56).

Longitud: 3.459 metros lineales.

Apoyos: 24 nuevos apoyos de celosía metálica galvanizada R.U. C-1000-18, C-1000-20, C-1000-22, C-1000-24, C-2000-14, C-2000-18, C-2000-20, C-2000-14 y C-7000-24 en montaje tresbolillo atirantado S/C y separación conductores a 2,40 m con aislamiento polimérico.

Características principales L.S.M.T.

Conductor: RH5Z1 18/30 kV 3x150 K Al + H16.

Longitud: 180 metros lineales.

Canalización: Bajo tubo 200 mm PE y arquetas A1.

Longitud: 155 metros lineales.

Presupuesto: 63.284,85 €.

Finalidad: La interconexión de dos líneas existentes de media tensión para una mejora de la seguridad y calidad del suministro eléctrico en la zona.

Segundo. La autorización administrativa de construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen y resto de informes emitidos por los organismos afectados.

2. Se establece un plazo previsto de ejecución de la obra de 18 meses a contar desde el siguiente día de la notificación de esta resolución.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación. Aportando la dirección técnica de obra y resto de documentación y certificaciones reglamentarias.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante emitido por el órgano ambiental (autorización ambiental unificada núm. expte: AAU/GR/020/22) de fecha 10.11.2023, quedan incorporadas a esta resolución por la que se otorga la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción al proyecto de ejecución del «Cierre de LMT línea "Calahorra" subestación "Aldeire" con línea "Charches" subestación "Guadix" entre el apoyo A603924 y el CT 101377 "Fot.Cno.Disco_2", sito en los parajes Las Mascujas, t.m. de La Calahorra y Cañada Matamoros, t.m. de Valle del Zalabí (Granada)». El citado informe podrá consultarse de forma pública en la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en el siguiente enlace: http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

Cuarto. A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente.

Quinto. Esta resolución se notificará al peticionario, publicándose además en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Granada, 20 de febrero de 2024.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución de 11.3.2022, BOJA núm. 52), el Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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