Extracto de la Orden de 4 de marzo de 2024, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la ejecución, a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, de programas sanitarios que no cuentan con financiación comunitaria en régimen de concurrencia competitiva.

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BDNS (Identif.): 747371.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Línea Cuantía máxima (euros) Posiciones presupuestarias
Ayudas dirigidas a la ejecución de programas sanitarios en Andalucía, que no cuentan con financiación comunitaria, a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera 4.200.000,00 1400010000G/71B/78204/00 2007000656

Segundo. Personas beneficiarias.

Las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (en adelante ADSG) que estén oficialmente reconocidas e inscritas en el Registro Único de Ganadería de Andalucía, así como en el Registro Nacional de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera.

Tercero. Objeto.

Compensar los costes de las actuaciones de prevención, control y erradicación de las enfermedades de los animales ejecutadas por las ADSG e incluidas en la normativa, programas nacionales y autonómicos, y programas sanitarios de las ADSG aprobados por la autoridad competente, que no cuenten con financiación comunitaria.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la ejecución, a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, de programas sanitarios que no cuentan con financiación comunitaria en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 248, de 29 de diciembre de 2023).

Quinto. Importe.

1. La dotación presupuestaria de la línea de subvención se hace en el apartado primero del presente extracto.

2. Los conceptos e importes máximos subvencionables son los siguientes:

PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA BRUCELOSIS BOVINA
Personal veterinario autorizado de la ADSG y material necesario para la realización de la toma de muestra, hasta un máximo de 2,00 euros por prueba realizada y grabada en SIGGAN de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional.
PROGRAMA DE ERRADICACIÓN DE LA TUBERCULOSIS BOVINA
Personal veterinario autorizado de la ADSG y material necesario para la realización de la prueba de intradermotuberculinización, hasta un máximo de 3,50 euros por prueba realizada y grabada en SIGGAN de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la realización de la toma de muestras de gamma-interferón, hasta un máximo de 2,00 euros por toma de muestra realizada y grabada en SIGGAN de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional y Autonómico de Erradicación de la Tuberculosis Bovina.
PROGRAMA SANITARIO DE PREVENCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA RINOTRAQUEÍTIS INFECCIOSA BOVINA (IBR)
Adquisición de vacunas marcadas frente a IBR, hasta un máximo de 1,20 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN, con un máximo de 2 dosis al año por animal.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la aplicación de las vacunas frente a IBR, hasta un máximo de 0,30 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN, con un máximo de 2 dosis al año por animal.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la realización de la toma de muestras para la detección de anticuerpos, hasta un máximo de 1,00 euros por toma de muestra realizada y grabada en SIGGAN.
PROGRAMA DE VIGILANCIA, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA FIEBRE CATARRAL OVINA O LENGUA AZUL
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la aplicación de las vacunas frente a Lengua Azul aplicadas y grabadas en SIGGAN, hasta un máximo de 0,20 euros por dosis de vacuna aplicada en ovino y un máximo de 0,30 euros por dosis de vacuna aplicada en bovino, siendo el máximo de dosis subvencionables las establecidas como vacunaciones obligatorias en la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre.
PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA BRUCELOSIS OVINA-CAPRINA
Personal veterinario autorizado de la ADSG y material necesario para la realización de la toma de muestra, hasta un máximo de 1,00 euros por prueba realizada y grabada en SIGGAN de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional.
PROGRAMA DE CALIFICACIÓN DE TUBERCULOSIS CAPRINA
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la realización de las prueba de intradermotuberculinización en explotaciones que formen parte del programa voluntario de calificación de Tuberculosis caprina en Andalucía establecido en la Orden de 22 de junio de 2018, así como las realizadas en explotaciones caprinas que entren en el ámbito de aplicación del Programa Nacional de Erradicación de Tuberculosis Bovina, hasta un máximo de 1,75 euros por prueba realizada de acuerdo a lo establecido en la citada Orden y el Programa Nacional, en su caso.
PROGRAMA SANITARIO FRENTE A LA ENFERMEDAD DE AUJESZKY
Adquisición de vacunas frente a la enfermedad de Aujeszky, hasta un máximo de 0,08 euros por vacuna aplicada aplicadas y grabada en SIGGAN, siendo el máximo de dosis las establecidas como vacunaciones obligatorias en el Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la aplicación de las vacunas frente a la enfermedad de Aujeszky, hasta un máximo de 0,20 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN, siendo el máximo de dosis las establecidas como vacunaciones obligatorias en el Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo.
PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE SEROTIPOS DE SALMONELLA DE IMPORTANCIA PARA LA SALUD PÚBLICA EN EXPLOTACIONES AVÍCOLAS
Analíticas para la realización de los autocontroles obligatorios frente a Salmonella en explotaciones de gallinas reproductoras, ponedoras de huevos para consumo, broilers, pavos de producción de carne y reproductores, establecidos en los Programas Nacionales y Autonómicos vigentes, hasta un máximo de 18,00 euros por analítica.
Analíticas de tipificación de salmonella spp detectada como consecuencia de los autocontroles obligatorios, hasta un máximo de 25,00 euros por analítica.
PROGRAMA SANITARIO EN EXPLOTACIONES ACUÍCOLAS
Personal veterinario autorizado de la ADSG que participe directamente en la realización de los controles sanitarios realizados en el marco de las visitas anuales obligatorias para la Implantación del Sistema de Vigilancia Zoosanitaria, en especies sensibles a las enfermedades enumeradas en el Anexo IV del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, hasta un máximo de 150,00 euros por visita.
Gastos de las analíticas necesarias para la obtención y el mantenimiento de la calificación sanitaria de las explotaciones de categoría I, establecidas en el Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, hasta un máximo de 325,00 euros por prueba.
Adquisición de las vacunas frente al Síndrome Respiratorio y Reproductivo Porcino para animales reproductores, hasta un máximo de 1,00 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN, con un máximo de 4 dosis al año por animal.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE A AGALAXIA CONTAGIOSA OVINA Y CAPRINA
Adquisición de las vacunas frente a Agalaxia Contagiosa, en explotaciones de ovino que estén calificada como M4, hasta un máximo de 0,50 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN, con un máximo de 2 dosis al año por animal.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE A ABORTO ENZOOTICO EN OVINO
Adquisición de las vacunas frente a Aborto Enzoótico, en explotaciones de ovino que estén calificada como M4, hasta un máximo de 1,00 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN, con un máximo de 1 dosis al año por animal.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE A LA MICOPLASMOSIS AVIAR POR MYCOPLASMA GALLISEPTICUM
Adquisición de vacunas frente a la Micoplasmosis por Mycoplasma gallisepticum. para la vacunación de aves de cría y reproductoras, hasta un máximo de 0,06 euros por dosis de vacuna aplicada, con un máximo de 1 dosis al año por animal.
PROGRAMA DE VACUNACIÓN FRENTE A LA BURSITIS INFECCIOSA (ENFERMEDAD DE GUMBORO)
Adquisición de vacunas frente a la Enfermedad de Gumboro para la vacunación de pollos de producción de carne (broilers), hasta un máximo de 0,005 euros por dosis de vacuna in ovo aplicada, con un máximo de 1 dosis al año por animal.

3. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios de valoración: número de explotaciones, número de Unidades de Ganado Mayor, personal veterinario para desarrollar las actuaciones sanitarias, porcentaje de realización de guías a través del servicio de ADSG-web y Guía Telemática de Andalucía, gestión de un centro de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de animales.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estará a disposición de las organizaciones solicitantes en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25319.html

Sevilla, 4 de marzo de 2024.- La Viceconsejera, P.D. de firma de la Consejera (Orden de 21.11.2022), Consolación Vera Sánchez.

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