Orden de 6 de febrero de 2024, por la que se publica la resolución de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, de 27 de diciembre de 2023, por la que se declara inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía el proyecto denominado «Starlite Music World».

La Comisión Delegada para Asuntos Económicos, en su reunión del día 27 de diciembre de 2023, presidida, en ausencia del Presidente de la Junta de Andalucía, por la Vicepresidenta de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, adoptó un acuerdo por el que, visto el informe de la Comisión de Política Económica de fecha 13 de noviembre de 2023, se declara inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía el proyecto denominado «Starlite Music World», promovido por la entidad Bendeus, S.L.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.8 del Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una unidad aceleradora de proyectos de interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» del texto del citado acuerdo, que se incluye como anexo a la presente orden.

Sevilla, 6 de febrero de 2024

CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda 
y Fondos Europeos

ANEXO

RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN DELEGADA PARA ASUNTOS ECONÓMICOS POR LA QUE SE DECLARA INVERSIÓN EMPRESARIAL DE INTERÉS ESTRATÉGICO PARA ANDALUCÍA EL PROYECTO DENOMINADO «STARLITE MUSIC WORLD», DESTINADO A LA CREACIÓN DE NUEVAS INSTALACIONES MUSICALES, CULTURALES Y PRODUCTIVAS EN ESTEPONA (MÁLAGA)

Visto el expediente tramitado por la Comisión de Política Económica, a raíz de la solicitud de Bendeus, S.L., para la declaración de inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía del proyecto denominado «Starlite Music World», en el que concurren los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. El 28 de julio de 2023 tiene entrada en el Registro General de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos nueva solicitud de Bendeus, S.L., que sustituye a otra de 7 de febrero de 2022, para la declaración de inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía del proyecto denominado «Starlite Music World», al amparo del Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una Unidad Aceleradora de Proyectos de interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. Descripción del proyecto.

Uno. Entidad promotora: Bendeus, S.L.

Dos. Objeto: El proyecto está conformado por varias actuaciones interrelacionadas entre si en los ámbitos de la cultura, fundamentalmente, hotelero, gastronómico o docente, entre otros.

La nueva ordenación urbanística y su entorno permitirá la creación de «la ciudad de la música» y «la ciudad audiovisual», con independencia de otros servicios complementarios no ubicados en el recinto y que darán soporte a Starlite Music World.

- La ciudad de la música: Espacios, edificios e instalaciones distribuidos por algo más de 11 hectáreas de superficie total. Dentro se encuentra el bulevar, el lago, la plaza central, el food court, el artist village, el «Gran Auditorio» para grandes espectáculos musicales, el Starlite Music Hotel, con una capacidad para 200 habitaciones, el music hall y un centro de conferencias en su edificio multifuncional que se adapte a los diferentes formatos que las empresas demanden y servicios asociados, incluida una oferta de ocio y cultura. También se diseña un centro de control de operaciones con el objeto de controlar las infraestructuras críticas, que actuará sobre el transporte, seguridad y control, alumbrado y energía, gestión integral y tecnología del agua, comunicaciones y gestión de residuos.

- La ciudad audiovisual: Ocupa casi 6 hectáreas y la conformarán varios estudios de grabación y platós de entre 1.500 y 3.000 m2 cada uno, almacenes de equipamientos y zonas internas de servicio.

Tres. Inversión: La inversión prevista en el proyecto es de 286.107.332,87 euros.

Cuatro. Empleo: Se prevé la creación de 450 puestos de trabajo.

Cinco. Localización: El proyecto se ubicará en el término municipal de Estepona, en la provincia de Málaga.

Tercero. El 28 de julio de 2023, la Secretaría General de Economía de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos remite la solicitud de Bendeus, S.L., a la Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico en Andalucía para que proceda conforme a lo establecido en el artículo 5.1 del Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre. Posteriormente, el 7 de agosto, se remite nueva documentación complementaria remitida por Bendeus S.L.

Cuarto. La Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico solicita, mediante escrito de fecha 9 de agosto, informe a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por considerarla competente por razón de la materia del proyecto, que es emitido y remitido a la UAP el 31 de agosto de 2023.

Quinto. La Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico solicita los informes preceptivos que establece el Decreto-ley, mediante oficios de 6 de septiembre de 2023, a las Consejerías de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda; de Salud y Consumo; de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural; de Industria, Energía y Minas; y con fecha de 11 de septiembre a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Los informes preceptivos son remitidos a dicha Unidad por las Consejerías con las siguientes fechas:

- Consejería de Salud y Consumo: 12 de septiembre.

- Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural: 20 y 25 de septiembre.

- Consejería de Industria, Energía y Minas: 26 de septiembre.

- Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul: 28 de septiembre.

- Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda: 16 de octubre.

Sexto. La Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico en Andalucía emite, el día 19 de octubre de 2023, el informe técnico al que hace referencia el artículo 5.2 del citado Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre. En esa misma fecha el informe es remitido a la Comisión de Política Económica.

Séptimo. La Comisión de Política Económica, en su sesión de 13 de noviembre de 2023, vistas las conclusiones del informe técnico de la Unidad Aceleradora de Proyectos, de 19 de octubre de 2023, considera que el proyecto denominado «Starlite Music World» se ajusta a los requisitos y criterios previstos en el Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, por lo que informa favorablemente y eleva, para su consideración por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, una propuesta de resolución favorable a su declaración como inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía.

Octavo. Con fecha 20 de noviembre de 2023, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Decreto-ley 4/2109, de 10 de diciembre, la Comisión de Política Económica traslada a los promotores el informe propuesta de resolución para que en el plazo de quince días alegue, en su caso, lo que estime procedente.

Noveno. Mediante escrito presentado el 11 de diciembre de 2023, la entidad promotora, Bendeus, S.L., manifiesta su plena conformidad con el informe propuesta de resolución de la Comisión de Política Económica, solicitando, igualmente, que se proceda con los tramites oportunos para la declaración de interés estratégico para Andalucía del proyecto «Starlite Music World».

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Régimen Jurídico.

El Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, establece en el artículo 5, lo siguiente:

«1. La Consejería con competencia en materia de economía remitirá a la Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico en Andalucía, prevista en el artículo 8, la solicitud a la que hace referencia el artículo 4, que dispondrá de un plazo máximo de un mes desde su recepción para recabar la siguiente documentación:

- En primer lugar, un informe de la Consejería competente por razón de la materia del proyecto empresarial, que incluirá la valoración sobre el cumplimiento de los requisitos para la declaración establecidos en los apartados 1, 2.a), en su ámbito sectorial, 2.b) y 3 del artículo 3, en base a la documentación aportada de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 4.

En el caso de que el informe anterior sea favorable se recabará:

- Un Informe de la Consejería competente de ordenación del territorio sobre la adecuación del proyecto a la planificación territorial en base a las determinaciones de dicha planificación que puedan ser objeto de verificación en función del nivel de definición de la documentación técnica presentada. Excepcionalmente, en caso de actuaciones incompatibles con la planificación territorial y urbanística que sean de especial relevancia por su magnitud, su proyección económica y social o su importancia para la estructuración territorial de Andalucía, se valorará la viabilidad de su modificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3.2, en base a la documentación aportada de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 4.

- Un informe expreso del resto de Consejerías afectadas materialmente por la tramitación y ejecución del proyecto en relación con los requisitos del artículo 3.2.a) en su ámbito sectorial, en base a la documentación aportada de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 4.

2. La Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico en Andalucía emitirá y elevará a la Comisión de Política Económica, en el plazo de diez días a contar, como máximo, desde la finalización del plazo para recabar los pronunciamientos necesarios, un informe técnico que servirá de fundamento a la citada Comisión para elevar a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos una propuesta de resolución en la que se analizará la adecuación del proyecto de actuación a los requisitos y criterios previstos en este Decreto-ley.»

Segundo. La Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico en Andalucía, emite su informe técnico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 del citado Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, en base al contenido de los informes preceptivos mencionados en el Antecedente cuarto y quinto, en los que las distintas Consejerías concluyen lo siguiente:

- La Consejería de Turismo, Cultura y Deporte concluye que «Informa favorablemente el proyecto presentado en base a las consideraciones anteriormente expuestas, y estima que el mismo reúne las condiciones de especial relevancia para su tramitación al amparo del Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una unidad aceleradora de proyectos de interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística deAndalucía».

- La Consejería de Salud y Consumo informa que «dicho proyecto cumple con los requisitos previstos por el artículo 3.2.b) del Decreto-ley 4/2019».

- La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda concluye que «una vez declarada como inversión empresarial estratégica para Andalucía, la modificación de la planificación urbanística podrá llevarse a cabo en el marco de la Declaración de Interés Autonómico de la actuación que se lleve a cabo de conformidad con lo establecido en los artículos 50 y 51 de la referida Ley 7/2021. No obstante, la viabilidad de la propuesta de declaración de interés autonómica que en su momento se presente requiere dar respuesta a los siguientes condicionantes:

• Justificar adecuadamente la inserción territorial y urbanística de la actuación, resolviendo las conexiones con la infraestructura viaria existente y acreditando la coherencia de la ordenación con los suelos urbanos y urbanizables del entorno.

• Acreditar que la sociedad promotora de la actuación ostenta la titularidad de los terrenos necesaria para posibilitar el desarrollo urbanístico mediante sistema de gestión privada que, en aplicación de lo previsto en el artículo 102 de la referida Ley 7/2021, requiere la iniciativa de las personas propietarias que representen más del 50% de la superficie de la unidad de ejecución».

- La Consejería de Política Industrial y Energía entiende «que el referido proyecto da cumplimiento a los requisitos contemplados en el Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre».

- La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural concluye «que no existe legislación administrativa sectorial que establezca limitaciones o prohibiciones que determinen la improcedencia de la declaración de interés estratégico del proyecto «Starlite Music World», en los términos que los promotores han descrito en la memoria que se adjunta a la solicitud, siempre que los usos y sus zonas de implantación se adecuen a las determinaciones de la legislación sectorial en materia de aguas, y cuente con los preceptivos informes favorables de la Administración Hidráulica, por lo que desde esta Consejería se emite valoración favorable a la declaración de interés estratégico de este proyecto».

- La Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul concluye «que no existe legislación administrativa sectorial que establezca limitaciones o prohibiciones que determinen la improcedencia de su asignación a la Unidad Aceleradora de Proyectos y todo ello sin perjuicio del trámite ambiental que deba abordarse para el desarrollo del proyecto, que deberá prestar especial cautela sobre lo señalado en el presente informe».

Finalmente, la Unidad Aceleradora de Proyectos de Interés Estratégico en Andalucía en su informe técnico, de 19 de octubre de 2023, realiza una valoración favorable, conforme a lo establecido en el artículo 5.2 del Decreto-ley, a la declaración de interés estratégico del proyecto «Starlite Music World», promovido por la entidad Bendeus, S.L., condicionada a las salvedades, obligaciones y especificidades establecidas por las Consejerías en sus respectivos informes preceptivos mencionados en los Antecedentes Cuarto y Quinto.

Por cuanto antecede, teniendo en cuenta los preceptos legales y demás normativa de general aplicación, esta Comisión Delegada en su sesión de 27 de diciembre de 2023,

RESUELVE

Primero. Acordar la declaración de inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía del proyecto «Starlite Music World», promovido por la entidad Bendeus, S.L.

Segundo. Condicionar la declaración de inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía a las salvedades, obligaciones y especificidades establecidas por las Consejerías en sus respectivos informes preceptivos y en el informe técnico de la Unidad Aceleradora de Proyectos y que pueden implicar la necesaria modificación del proyecto.

Tercero. La vigencia de la declaración como proyecto de interés estratégico para Andalucía concluirá el 31 de diciembre de 2028, de acuerdo con la planificación y cronograma de ejecución del proyecto remitido.

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