Resolución de 22 de enero de 2024, de la Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se rectifica la Resolución de 26 de julio de 2023, de la Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 20 de junio de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, sobre los procedimientos para la rendición telemática de las cuentas de las Universidades Públicas Andaluzas, así como para la remisión telemática de la información sobre la contratación y convenios formalizados por las Universidades Públicas Andaluzas.

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El pasado el día 20 de junio de 2023, el Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía adoptó el acuerdo sobre los procedimientos para la rendición telemática de las cuentas de las Universidades Públicas Andaluzas, así como para la remisión telemática de la información sobre la contratación y convenios formalizados por las Universidades Públicas Andaluzas.

A este acuerdo se daba publicidad por medio de Resolución de 26 de julio de 2023, dictada por la Presidencia de la Institución (BOJA núm. 145, de 31.7.2023).

Se ha advertido error en lo dispuesto en el acuerdo VII, letra b), el cual deja sin efecto, en su integridad, la Resolución de 19 de diciembre de 2018, de la Presidencia de la CCA, por la que se hace público el acuerdo del pleno sobre el procedimiento para la remisión de la información sobre la contratación pública formalizada por las entidades que componen el sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 1, de 2.1.2019).

El mencionado error radica en que la pérdida de efectos de dicha Resolución de 19 de diciembre de 2018, lo es, exclusivamente, en cuanto la misma se refiera en su contenido a las Universidades Públicas Andaluzas.

Considerando que la rectificación que por la presente resolución se resuelve, obedece a un error o equivocación material, claro y evidente, y que no requiere operaciones de calificación jurídica o juicios valorativos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Siendo la titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía el órgano que dictó la Resolución de 26 de julio de 2023, en uso de la competencia que le atribuye el artículo 22.a) del ROFCCA:

RESUELVO

Único. Rectificar error en lo dispuesto en el acuerdo VII, letra b) de la Resolución de 26 de julio de 2023, de la Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 20 de junio de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, sobre los procedimientos para la rendición telemática de las cuentas de las Universidades Públicas Andaluzas, así como para la remisión telemática de la información sobre la contratación y convenios formalizados por las Universidades Públicas Andaluzas.

Donde dice:

«Quedan sin efecto la Resolución de 19 de diciembre de 2018, de la Presidencia de la CCA, por la que se hace público el acuerdo del pleno sobre el procedimiento para la remisión de la información sobre la contratación pública formalizada por las entidades que componen el sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 1 de 2.1.2019) (...).»

Debe decir:

«Quedan sin efecto las referencias que se realizan a las Universidades Públicas Andaluzas en la Resolución de 19 de diciembre de 2018, de la Presidencia de la CCA, por la que se hace público el acuerdo del pleno sobre el procedimiento para la remisión de la información sobre la contratación pública formalizada por las entidades que componen el sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 1 de 2.1.2019) (...).»

Sevilla, 22 de enero de 2024.- La Presidenta, Carmen Núñez García.

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