Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, de corrección de errores de la Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se aprueba el canon del trasvase Guadiaro-Majaceite, ejercicio 2023.

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Advertido error aritmético en la Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua por la que se aprueba el canon del trasvase Guadiaro-Majaceite, para el ejercicio 2023, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 242, el 20 de diciembre de 2022, se ha tramitado el procedimiento de rectificación de errores regulado en el artículo 220 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 13 del Reglamento General de Desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, iniciándose de oficio por Acuerdo de inicio de 16 de octubre de 2023 de este centro directivo para proceder a efectuar la oportuna rectificación.

El error afecta al importe que deben abonar los sujetos pasivos del canon de trasvase, pero no afecta al importe total del canon aprobado por Resolución de 13 de diciembre de 2022, que sigue siendo 1.715.830,64 euros. Por otro lado, es preciso señalar que a fecha actual todavía no se han emitido las liquidaciones tributarias del canon de trasvase del ejercicio 2023 a ninguno de los sujetos pasivos de esta exacción.

En definitiva, se trata de un error aritmético en el reparto de 1.715.830,64 euros a satisfacer entre el Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana y la Central Térmica de Arcos de la Frontera. El error se ha debido a un fallo a la hora de consignar en la Memoria Económica, de 25 de noviembre de 2022, del calculo del Canon del Trasvase para el ejercicio 2023, los datos procedentes de la Memoria Económica del Canon de Trasvase 2021, ya que se tomaron datos de una columna de porcentajes de un cuadro que no era la columna correcta.

En concreto, el error se comete únicamente en el cuadro recogido en la página 31 de la Memoria Económica, denominado «Canon de Trasvase Guadiaro-Majaceite. Año 2023. Reparto entre usuarios» que pertenece al Anexo 3 de la misma con el epígrafe: «REPARTO DEL CANON DEL TRASVASE (DESGLOSE)». Así, a la columna 2.ª («Coeficiente previsto reparto 2.021») se han trasladado datos erróneos, lo que ha ocasionado que también sean incorrectos los valores de las columnas 5.ª («Abono liquidaciones 2.021»), 9.ª («Importe total (€)»), 10.ª («Reparto %») y 11.ª («REPARTO CAZG %»).

Este error en la Memoria Económica de 25 de noviembre de 2022 ha repercutido en la Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se aprueba el canon del trasvase Guadiaro-Majaceite, para el ejercicio 2023, produciéndose en la misma también errores que resulta necesario que sean rectificados.

La Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Majaceite contemplada en el Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del Agua, se reunió en sesión extraordinaria con fecha 29 de septiembre de 2023, en la que se trató el tema del error aritmético detectado en la memoria económica del cálculo del canon del trasvase 2023, aprobándose la rectificación por unanimidad al no haber habido objeción por parte de ningún miembro de la Comisión.

Dentro del procedimiento se ha otorgado trámite de audiencia por plazo de quince días hábiles a los posibles interesados para que pudieran realizar las alegaciones que consideraran pertinente a sus derechos. En el plazo otorgado ha presentado alegación el Consorcio de Aguas de la Zonas Gaditana, la cual ha sido debidamente informada por el Subdirector de Explotación, proponiendo su desestimación.

En consecuencia, esta Dirección General

ACUERDA

Rectificar la Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se aprueba el canon del trasvase Guadiaro-Majaceite, ejercicio 2023, del siguiente modo:

Primero. En el punto 2 del anexo, en el cuadro en el que se acuerda el reparto del importe de 1.715.830,64 euros entre los usuarios, donde dice:

USUARIO IMPORTE
Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana (CAZG) 1.564.169,96 €
Central Térmica Arcos de la Frontera (*) 151.660,68 €
Total 1.715.830,64 €
Debe decir:
USUARIO IMPORTE
Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana (CAZG) 1.770.368,20 €
Central Térmica Arcos de la Frontera 0,00 €
Total 1.770.368,20 €

(*) Nota: Queda a favor de Central Térmica un importe de -54.537,56 euros, el cual se irá compensando con las cantidades positivas que le correspondan en próximos ejercicios, hasta quedar totalmente saldados.

Segundo. En el punto 3 del anexo, en el cuadro en el que, en relación con el importe a satisfacer por el Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana (CAZG), se acuerda establecer el reparto entre los distintos municipios, industrias y organismos abastecidos por el mismo, donde dice:

Municipios/Industrias y Organismos Porcentaje de reparto
ALCALÁ DE LOS GAZULES 0,0000%
ALGAR 0,5443%
BDA JÉDULA (ARCOS FRONTERA) 0,3373%
CÁDIZ 12,4018%
CONIL DE LA FRONTERA 5,9249%
CHICLANA DE LA FRONTERA 10,9421%
CHIPIONA 1,3417%
JEREZ DE LA FRONTERA 21,7531%
MEDINA SIDONIA 1,6945%
PATERNA DE RIVERA 0,8905%
PUERTO REAL 6,0980%
PUERTO DE SANTA MARÍA 7,5191%
ROTA 3,9147%
SAN FERNANDO 8,8408%
SANLÚCAR DE BARRAMEDA 11,1522%
TREBUJENA 1,8379%
VEJER DE LA FRONTERA 1,0444%
BARBATE 2,6474%
BENALUP (*) 0,0000%
INDUSTRIAS SUMINISTRADAS CAZG 1,8067%

(*) Nota: Quedan a favor de los municipios Alcalá de los Gazules y Benalup unos porcentajes de reparto negativo del -0,0538 % y -0,6379 % respectivamente, los cuales se les irán compensando con las cantidades positivas del canon del trasvase en próximos ejercicios, hasta quedar totalmente saldados.

Debe decir:
Municipios/Industrias y Organismos Porcentaje de reparto
ALCALÁ DE LOS GAZULES (*) -0,0423%
ALGAR 0,5448%
BDA JÉDULA (ARCOS FRONTERA) 0,3178%
CÁDIZ 12,4321%
CONIL DE LA FRONTERA 5,9636%
CHICLANA DE LA FRONTERA 10,6403%
CHIPIONA 1,8808%
JEREZ DE LA FRONTERA 21,0907%
MEDINA SIDONIA 1,6397%
PATERNA DE RIVERA 0,8590%
PUERTO REAL 5,9352%
PUERTO DE SANTA MARÍA 8,4679%
ROTA 4,0114%
SAN FERNANDO 8,6398%
SANLÚCAR DE BARRAMEDA 11,0663%
TREBUJENA 1,7162%
VEJER DE LA FRONTERA 1,0441%
BARBATE 2,2947%
BENALUP (*) -0,4471%
INDUSTRIAS SUMINISTRADAS CAZG 1,9450%

(*) Nota: Quedan a favor de los municipios Alcalá de los Gazules y Benalup unos porcentajes de reparto negativo del -0,0423% y -0,4471% respectivamente, los cuales se les irán compensando con las cantidades positivas que les pudieran corresponder del canon del trasvase en próximos ejercicios, hasta quedar totalmente saldados.

Esta resolución tiene carácter económico-administrativo y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición o, directamente reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Tribunal Económico-Administrativo de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 212 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Sevilla, 27 de noviembre de 2023.- El Director General, Álvaro Real Jiménez.

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