Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, para la modificación y ampliación de la distribución del crédito de la Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023 de las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

La Orden de 29 de septiembre de 2023 aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral (BOJA núm. 192, de 5 de octubre de 2023).

El objeto de esta orden es promover la atención personalizada de personas pertenecientes a colectivos vulnerables y de personas jóvenes, a través de la participación en Proyectos Integrales que ofrezcan orientación laboral y formación, y que promuevan la inserción laboral, así como el acompañamiento en el empleo.

Mediante Resolución de 31 de octubre de 2023 (BOJA núm. 213, de 7 de noviembre de 2023), la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo efectúa la convocatoria de las mencionadas subvenciones para el ejercicio 2023, concediendo el plazo de diez días hábiles para la presentación de solicitudes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El apartado 1 del resolutorio segundo de la citada resolución establece la financiación de las subvenciones de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, por una cuantía máxima de ciento cuarenta millones de euros (140.000.000 €) con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo, distribuidos en las siguientes partidas presupuestarias:

Línea subvencionable Partidas presupuestarias Medida
comunitaria
Importe
partidas (€)
2023
Importe (€)
2023
Importe
partidas (€)
2025
Importe (€)
2025
Importe
total (€)
Programa Proyectos Integrales 1239168023 G/32L/46000/00 D442HBF3ER 16.800.000 112.000.000 4.200.000 28.000.000 140.000.000
G/32L/46700/00 5.600.000 1.400.000
G/32L/47000/00 44.800.000 11.200.000
G/32L/48000/00 44.800.000 11.200.000

Por otro lado, el apartado 4 del resolutorio segundo dispone que las cuantías establecidas en el apartado 1, podrán ampliarse por incrementos en el crédito disponible, en cuyo caso, se podrá aprobar una resolución complementaria de la concesión de las ayudas que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible.

Atendiendo a que existe un crédito disponible de 62.500.000 €, procede la ampliación del crédito con la siguiente distribución inicial:

Línea subvencionable Partidas presupuestarias Medida
comunitaria
Importe
partidas (€)
2023
Importe (€)
2023
Importe
partidas (€)
2025
Importe (€)
2025
Programa Proyectos Integrales
Colectivos Vulnerables
1239168023 G/32L/46000/00 D442HBF3ER 7.500.000 50.000.000 1.875.000 12.500.000
G/32L/46700/00 2.500.000 625.000
G/32L/47000/00 20.000.000 5.000.000
G/32L/48000/00 20.000.000 5.000.000

Asimismo, según el apartado 3 del mismo resolutorio, la distribución de los créditos entre las partidas presupuestarias tiene carácter estimativo. Los créditos de aquellas partidas que no queden agotados podrán incrementar el resto de partidas presupuestarias en función del grado de ejecución de las mismas.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, a través de la Ventanilla Electrónica del Servicio Andaluz de Empleo han sido 464 las solicitudes presentadas, siendo la cuantía total solicitada de 239.296.000 €. Distribuyendo las solicitudes en función del tipo de entidad, se han recibido 115 solicitudes de Corporaciones Locales (21.134.500 €),  16 solicitudes correspondientes a Mancomunidades (3.505.000 €), 107 solicitudes pertenecientes a Entidades Privadas (103.747.000 €), y 226 solicitudes de Entidades Sin Ánimo de Lucro (110.909.500 €). Del estudio de estas solicitudes se desprende un crédito sobrante de las partidas 46000 y 46700, que asciende a 4.028.000 €.

Dado que esta ayuda se tramita en régimen de concurrencia no competitiva, al objeto de poder concluir el procedimiento de adjudicación y resolver favorablemente los expedientes pendientes, cuya tramitación se ha suspendido por falta de crédito, correspondiente a empresas privadas y a entidades sin ánimo de lucro, resulta necesario realizar dos distribuciones de crédito:

Por un lado, distribuir el importe sobrante del crédito inicial de la convocatoria, de las partidas 46000 y 46700, que asciende a 4.028.000 euros, que se distribuirá por partes iguales entre las partidas 47000 y 48000.

Por otro lado, en relación a la ampliación del crédito (62.500.000 €), distribuir por partes iguales entre las partidas 47000 y 48000, la cantidad destinada a las partidas 46000 y 46700 (12.500.000 €) dado que no se dispone de solicitudes de las mismas, quedando la redistribución de la siguiente manera:

Partidas presupuestarias Tipo de entidad Importe partidas (€) 2023 Importe partidas (€) 2025 TOTAL
G/32L/47000/00 Empresas privadas 26.611.200,00 6.652.800,00 33.264.000,00
G/32L/48000/00 Entidades sin ánimo de lucro 26.611.200,00 6.652.800,00 33.264.000,00
TOTAL 53.222.400,00 13.305.600,00 66.528.000,00

La disposición adicional primera de la Orden de 29 de septiembre de 2023 dispone que la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo podrá efectuar la convocatoria de las subvenciones reguladas en dicha orden, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En el ejercicio de esta competencia se podrá resolver la ampliación del crédito de la convocatoria publicada, al objeto de cumplir de la mejor forma posible con la finalidad de la ayuda, sin que ello suponga la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Por su parte, el artículo 9.3 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial (BOJA núm. 70, de 12 de abril de 2018), dispone que «Toda modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a una convocatoria, así como la que se produzca en la distribución de aquéllas entre los distintos ámbitos territoriales o funcionales de concurrencia, entre los distintos ejercicios presupuestarios, y la que derive de la utilización de la dotación adicional prevista en el apartado 2, requerirá la correspondiente modificación de la autorización inicial del gasto».

Asimismo, el apartado 4 del citado precepto establece que, cuando la cuantía total máxima de la convocatoria se distribuya entre distintos créditos presupuestarios y se otorgue expresamente a dicha distribución carácter estimativo, la alteración cualitativa de la clasificación económica a nivel de capítulo, artículo, concepto y subconcepto, de dicha distribución de créditos para adecuarla a los gastos subvencionables y/o a la naturaleza jurídica de las posibles personas o entidades beneficiarias, no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria antes de la resolución de la concesión. El órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintivos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, este procedimiento estará sometido a fiscalización previa por parte de la Intervención.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional primera de la Orden de 29 de septiembre de 2023,

RESUELVE

Primero. Modificar el apartado 1 del resuelve segundo de la Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023 de las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral, y aprobar la ampliación y nueva distribución de los créditos de las partidas presupuestarias, con carácter estimativo, de acuerdo al siguiente reparto:

Línea subvencionable Partidas presupuestarias Medida
comunitaria
Importe
partidas (€)
2023
Importe (€)
2023
Importe
partidas (€)
2025
Importe (€)
2025
Importe
Total (€)
Programa Proyectos Integrales
Colectivos Vulnerables
1239168023 G/32L/46000/00 D442HBF3ER 16.661.600 162.000.000 4.165.400 40.500.000 202.500.000
G/32L/46700/00 2.516.000 629.000
G/32L/47000/00 71.411.200 17.852.800
G/32L/48000/00 71.411.200 17.852.800

Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Sevilla, 1 de diciembre de 2023.- La Directora Gerente, María Victoria Martín-Lomeña Guerrero.

Descargar PDF

17722 {"title":"Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, para la modificación y ampliación de la distribución del crédito de la Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2023 de las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.","published_date":"2023-12-05","region":"andalucia","region_text":"Andalucía","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-andalucia.png","id":"17722"} andalucia BOJA;BOJA 2023 nº 233;Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo;Disposiciones generales https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search https://govclipping.com/search?keywords= Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/andalucia/boa/2023-12-05/17722-resolucion-1-diciembre-2023-direccion-gerencia-servicio-andaluz-empleo-modificacion-ampliacion-distribucion-credito-resolucion-31-octubre-2023-direccion-gerencia-servicio-andaluz-empleo-se-efectua-convocatoria-ejercicio-2023-subvenciones-reguladas-orden-29-septiembre-se-aprueban-bases-reguladoras-concesion-subvenciones-publicas-regimen-concurrencia-competitiva-programa-proyectos-integrales-insercion-laboral https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.