Consejería de Industria, Energía y Minas - Disposiciones generales (BOJA nº 2023-221)

Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se amplía el crédito máximo de la convocatoria de 28 de septiembre de 2021 de los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

Mediante Resolución de 28 de septiembre de 2021, se convocaron para el período 2021-2023 los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio. Dicha convocatoria fue desarrollada mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 230, de 30 de noviembre de 2021), Resolución de 15 de noviembre de 2022 (BOJA núm. 223, de 21 de noviembre de 2022), Resolución de 29 de septiembre de 2023 (BOJA núm. 191, de 4 de octubre de 2023) y Resolución de 11 de octubre de 2023 (BOJA núm. 200, de 18 de octubre de 2023).

El artículo 10.3 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, prevé que el presupuesto de cada uno de los programas de incentivos, pueda ser ampliado en su totalidad o por cada categoría, en su caso, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad, y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia de los mismos, tanto con fondos que provengan de los Presupuestos Generales del Estado, como de otros orígenes, siempre que hayan sido transferidos al IDAE e incorporados a su patrimonio propio. El citado precepto señala que, en este caso, la ampliación del presupuesto se realizará para aquellas comunidades y ciudades autónomas que lo soliciten, siempre que se cumplan los requisitos previstos en dicho precepto.

Así, tras la Resolución de 10 de junio de 2022, dictada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, mediante Resolución de 15 de noviembre de 2022 (BOJA núm. 223, de 21 de noviembre de 2022), se amplió en 101.702.255 euros, el crédito máximo inicial de 97.202.255 euros previsto en el apartado 1 del resuelve decimocuarto de la Resolución de 28 de septiembre de 2021, quedando fijado el crédito máximo de la convocatoria de incentivos en un importe total de 198.904.510 euros.

Posteriormente, mediante Resolución de 19 de julio de 2023, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, se acordó la ampliación del presupuesto establecido por el Real Decreto 477/2021, de 20 de junio, incrementando el crédito asignado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en un importe de 34.764.123 euros, una vez descontado el 5 por ciento de los costes indirectos imputables a las actuaciones subvencionadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.4 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, tras la modificación llevada a cabo por la disposición final segunda del Real Decreto 36/2023, de 24 de enero.

Teniendo en cuenta lo anterior, el crédito máximo de la convocatoria queda establecido en un importe total de 233.668.633 euros. Una vez efectuada la transferencia de crédito a la Comunidad Autónoma de Andalucía, que tuvo lugar el día 28 de septiembre de 2023, se procedió a autorizar la correspondiente generación del crédito con fecha 6 de noviembre de 2023.

En su virtud, y al amparo de las competencias atribuidas en el artículo 3.2.q) de la Ley 4/2003, de 23 de septiembre, de creación de la Agencia Andaluza de la Energía, y el artículo 5.1.q) del Decreto 21/2005, de 1 de febrero, por el que se aprueban sus Estatutos, en relación con el artículo 115.1 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, esta Dirección Gerencia

RESUELVE

Primero. Ampliar en 34.764.123 euros el crédito actual, quedando fijado el crédito máximo de la convocatoria en un importe total de 233.668.633 euros, con la siguiente distribución, según los tipos de actuación definidos en el resuelve segundo de la Resolución de 28 de septiembre de 2021, y por los siguientes importes máximos:

TIPO DE ACTUACIÓN PRESUPUESTO (€)
Programa 1: Categoría autoconsumo renovable 28.435.062
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovables, en el sector servicios con o sin almacenamiento Categoría almacenamiento 3.747.299
Programa 2: Categoría autoconsumo renovable 49.464.288
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovables, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento Categoría almacenamiento 3.788.587
Programa 3: 5.608.606
Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovable, ya existente en el sector servicios y otros sectores productivos
Programa 4: Categoría autoconsumo renovable 107.279.485
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovables, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento Categoría almacenamiento 13.595.012
Programa 5: 5.190.595
Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energías renovable, ya existente en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector
Programa 6: 16.559.700
Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial
PRESUPUESTO TOTAL 233.668.633

La referida ampliación de crédito será aplicada a las solicitudes que ya figuren en las listas de reserva provisional, en base a lo dispuesto en el artículo 16.4 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, hasta el agotamiento de los fondos.

Segundo. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de noviembre de 2023.- El Director Gerente, Francisco Javier Ramírez García.

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