Consejería de Industria, Energía y Minas - Otras disposiciones (BOJA nº 2023-193)

Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Energía, por la que se modifica el Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en lo relativo a la ficha técnica descriptiva de instalaciones de baja tensión.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 11 de marzo de 2013 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 48 la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos.

Dicha orden, que tiene por objeto el desarrollo de los procedimientos para la instalación, ampliación, traslado y puesta en servicio de los establecimientos e instalaciones industriales encuadradas en el Grupo II del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, y que señala la preferencia de la tramitación electrónica de estos procedimientos, establece en su Anexo I el contenido de la comunicación de puesta en funcionamiento de establecimientos e instalaciones industriales, mientras que en su Anexo II señala el contenido de las fichas técnicas descriptivas de instalaciones industriales, que vienen a reflejar las características principales de dichas instalaciones, así como la documentación necesaria para su puesta en servicio en función de los diferentes tipos de instalación, con base todo ello en la normativa reglamentaria específica reguladora de la instalación de que se trate.

Dichos anexos han sido modificados posteriormente mediante resoluciones de la Dirección General de Industria, Energía y Minas o de los órganos que han asumido posteriormente las competencias en materia de industria y energía, tal como se establece en la disposición adicional única de la Orden de 5 de marzo de 2013.

Segundo. Debido al auge de la implantación de las instalaciones de generación de energía eléctrica de autoconsumo y a la necesidad de agilizar la activación de dichas instalaciones, se hace necesario modificar la ficha técnica descriptiva de instalaciones de baja tensión, con el fin de mejorar el intercambio de información con las empresas distribuidoras para su correcta activación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Junta de Andalucía tiene atribuidas las competencias en materia de industria en virtud del artículo 58.2.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Segundo. El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, atribuyen a la Secretaría General de Energía las competencias en el control y la inspección en materia de calidad y seguridad industrial de instalaciones energéticas.

Tercero. La Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, en su disposición adicional única, habilita a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de industria y energía a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el cumplimiento, desarrollo, interpretación y aplicación de la misma, así como a modificar sus anexos mediante resolución.

En virtud de lo anterior, esta Secretaría General de Energía

RESUELVE

Primero. Modificar la ficha técnica descriptiva de instalaciones de baja tensión contenida en el Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador de los mismos, cuya nueva redacción se muestra en el anexo a la presente resolución.

Sevilla, 28 de septiembre de 2023.- El Secretario General, Manuel Larrasa Rodríguez.

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