Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural - Disposiciones generales (BOJA nº 2023-173)

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Orden de 1 de septiembre de 2023, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista en la Orden de 16 de marzo de 2021, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2021 de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, y a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, modificada por la Orden de 29 de abril de 2022 y Orden de 29 de diciembre de 2022, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015.

Mediante Orden de 16 de marzo de 2021 (BOJA número 54, de 22 de marzo de 2021), se efectuó la convocatoria para el año 2021 de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, y a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, y Medida 11: Agricultura Ecológica, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

De conformidad con el apartado d) del artículo 10 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, el dispongo séptimo de la Orden de 16 de marzo de 2021 establece que el importe del crédito presupuestario para la convocatoria 2021 asciende a 16.500.000,00 euros para las operaciones de la Medida 11: Agricultura Ecológica. Asimismo, la Orden de 29 de abril de 2022, por la que se fija una cuantía adicional a la prevista en la Orden de 16 de marzo de 2021 (BOJA número 86, de 9 de mayo de 2022), en su resuelvo único aumenta el crédito disponible inicialmente para la convocatoria 2021 por un importe de 57.209.570,00 euros, y la Orden de 21 de diciembre de 2022 (BOJA número 2, de 4 de enero de 2023) realiza una nueva ampliación en su resuelvo primero de 900.000,00 euros ascendiendo la cuantía total del crédito disponible a 74.609.570,00 euros.

Con posterioridad a la publicación del citado acto de convocatoria, se ha llevado a cabo un nuevo ajuste de los créditos disponibles a fin de atender a los compromisos adquiridos que deban ser estimados y en consideración a que, el presupuesto global asignado en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 ha permitido reasignar para la convocatoria 2021 una cuantía adicional de 1.600.000,00 euros para la Medida 11: Agricultura Ecológica, por lo que se hace necesario dictar la presente orden al amparo de lo dispuesto en el apartado 2 del dispongo séptimo de la Orden de 16 de marzo de 2021, sin que su publicación lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes para las ayudas convocadas, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el apartado d) del artículo 10 del citado Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y en base a lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al aumento del crédito disponible inicialmente para la convocatoria 2021, y en virtud de lo establecido en el artículo 10.d) del citado Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de la Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, fijar una cuantía adicional a la consignada en el dispongo séptimo de la Orden de 16 de marzo de 2021, por la que se efectuó la convocatoria para el año 2021 de subvenciones a la Medida 11: Agricultura Ecológica, por un importe de 1.600.000,00 euros, ascendiendo la cuantía total del crédito disponible para la citada convocatoria a 76.209.570,00 euros, con la siguiente distribución por partidas presupuestaria:

Medida Operación Ejercicio Posición presupuestaria Dotación
Medida 11: Agricultura Ecológica 11.1.1: Conversión a prácticas de agricultura y ganadería ecológica. Contempla actuaciones en los siguientes sectores: cultivos herbáceos (incluye arroz), cultivos hortícolas, cultivos permanentes distintos de olivar, bovino y equino, ovino, caprino, aviar, porcino y apícola. 2022 1300110000/G/71F/77400/C14A1111G4 21.350.337,00
2023 1400110000/G/71F/77400/C14A1111G4 21.750.337,00
11.1.2: Conversión a prácticas de olivar ecológico. 2022 1300110000/G/71F/77400/C14A1112G0 9.254.739,50
2023 1400110000/G/71F/77400/C14A1112G0 10.354.739,50
11.2.1: Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y ganadería ecológica. Contempla actuaciones en los siguientes sectores: cultivos herbáceos (incluye arroz), cultivos hortícolas, cultivos permanentes distintos de olivar, bovino y equino, ovino, caprino, aviar, porcino y apícola. 2022 1300110000/G/71F/77400/C14A1121G4 5.549.936,50
2023 1400110000/G/71F/77400/C14A1121G4 5.549.936,50
11.2.2: Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura ecológica en olivar. 2022 1300110000/G/71F/77400/C14A1122G0 1.199.772,00
2023 1400110000/G/71F/77400/C14A1122G0 1.199.772,00

La distribución presupuestaria de las operaciones de la Medida 11: Agricultura Ecológica entre las actuaciones subvencionables se hará atendiendo a la necesidad de las mismas y a los compromisos adquiridos que resulten estimados. Esta posibilidad se hará tanto en los nuevos incrementos presupuestarios como en los importes que no se han comprometido de convocatorias anteriores.

La dotación presupuestaria para las actuaciones objeto de convocatoria quedará, en todo caso, condicionada a la aprobación por la Comisión Europea de la versión 13 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 y a la disponibilidad presupuestaria existente.

Segundo. Efectos.

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y será de aplicación a todas aquellas solicitudes correspondientes a la convocatoria 2021 de las operaciones incluidas en la Medida 11: Agricultura Ecológica del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022.

Sevilla, 1 de septiembre de 2023

CARMEN CRESPO DÍAZ
Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural
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